Legislación › Real Decreto 347/2019, de 17 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a programas plurirregionales de formación dirigidos a los profesionales del medio rural.
Artículo 11. Comisión de valoración.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de mayo de 2019 y la del 10 de septiembre de 2020.
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Artículo 11. Comisión de valoración.
1. La valoración de las solicitudes se llevará a cabo por la Comisión de Valoración, que estará compuesta por los siguientes miembros:
a) Presidente: El Director General de Desarrollo Rural, Innovación y Política Forestal.
b) Vocales: Cuatro funcionarios Un funcionario de cada una de las Direcciones Generales de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, designados designado por cada uno de los Directores Generales, con nivel mínimo 28; y dos Vocales vocales de aquellas comunidades autónomas que hayan trasladado a la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Política Forestal Formación Agroalimentaria su interés en participar. En caso de recibir más de dos solicitudes, se incluirán por el orden que determine cada convocatoria.
c) Secretario: Subdirector General de Dinamización del Medio Rural, y actuará con voz pero sin voto.
2. La Comisión acomodará su funcionamiento al régimen jurídico previsto en la sección tercera, del capítulo II, del título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. Tras la valoración, en aplicación de los criterios de valoración establecidos en el artículo 10, la Comisión emitirá un informe en el que se concretará el resultado de la valoración, que remitirá al órgano instructor.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de noviembre de 2025 En vigor | BOE-A-2025-23421 | Leer | Qué cambió |
| 6 de febrero de 2025 | BOE-A-2025-2040 | Leer | Qué cambió |
| 11 de mayo de 2021 | BOE-A-2021-7688 | Leer | Qué cambió |
| 10 de septiembre de 2020 | BOE-A-2020-10367 | Leer | Qué cambió |
| 19 de mayo de 2019 | Texto original | Leer |


