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Legislación › Ley Foral 29/2018, de 26 de diciembre, de Lugares de la Memoria Histórica de Navarra.

Artículo 25. Competencia sancionadora.

Artículo 25. Competencia sancionadora.

Son competentes para la incoación y resolución de los expedientes sancionadores por las infracciones tipificadas en esta ley:

a) Tratándose de infracciones muy graves, la persona titular del departamento competente en materia de memoria histórica.

b) Tratándose de infracciones graves y leves, la persona titular de la Dirección General competente en materia de memoria histórica.

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