Legislación › Ley Foral 29/2018, de 26 de diciembre, de Lugares de la Memoria Histórica de Navarra.
Artículo 25. Competencia sancionadora.
Artículo 25. Competencia sancionadora.
Son competentes para la incoación y resolución de los expedientes sancionadores por las infracciones tipificadas en esta ley:
a) Tratándose de infracciones muy graves, la persona titular del departamento competente en materia de memoria histórica.
b) Tratándose de infracciones graves y leves, la persona titular de la Dirección General competente en materia de memoria histórica.


