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Legislación › Ley 5/2019, de 21 de marzo, de derechos y garantías de las personas con discapacidad en Aragón.

Artículo 75. Fomento de la accesibilidad.

Artículo 75. Fomento de la accesibilidad.

1. Los centros directivos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el ámbito de sus competencias, establecerán ayudas públicas destinadas a financiar ajustes razonables en materia de accesibilidad universal.

2. La publicación de esta Ley se llevará a cabo también en documento de lectura fácil.

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