Legislación › Ley 8/2019, de 29 de marzo, de creación de la Comarca Central.
Artículo 3. Personalidad y potestades.
Artículo 3. Personalidad y potestades.
1. La Comarca Central, como entidad local territorial, tiene personalidad jurídica propia y goza de capacidad y autonomía para el cumplimiento de sus fines.
2. En el ejercicio de sus competencias, corresponden a la Comarca Central todas las potestades y prerrogativas reconocidas en esta ley y en el resto de normativa que sea de aplicación.


