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Legislación › Ley 8/2018, de 14 de diciembre, por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla y León y el Consejo de Cámaras de Castilla y León.

Artículo 24. Régimen de personal.

Artículo 24. Régimen de personal.

La Cámara tendrá a su servicio el personal técnico, administrativo y de servicio necesario para garantizar el buen funcionamiento de los servicios que preste o administre, al que será de aplicación la normativa laboral vigente.

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