Legislación › Decreto-ley Foral 2/2019, de 15 de mayo, por el que se aprueban medidas en materia de personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
Artículo 7. Compensación económica por trabajo en horario nocturno. Incremento para los niveles C y D.
Artículo 7. Compensación económica por trabajo en horario nocturno. Incremento para los niveles C y D.
Se incrementa la cuantía de la compensación económica por trabajo en horario nocturno, en 0,16 euros por hora para el nivel/grupo C y en 0,25 euros por hora para el nivel/grupo D.


