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Legislación › Ley 11/2019, de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias.

Artículo 40. Competencia.

Artículo 40. Competencia.

1. Son competentes para elaborar, aprobar y gestionar el catálogo insular de bienes patrimoniales culturales los cabildos en cuyo ámbito territorial radiquen dichos bienes, estando obligados a mantenerlo actualizado.

2. Los cabildos insulares son competentes para incoar, tramitar y resolver los procedimientos de inclusión de los bienes situados en su ámbito insular en el catálogo insular de bienes patrimoniales culturales.

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