Legislación › Ley 11/2019, de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias.
Artículo 40. Competencia.
Artículo 40. Competencia.
1. Son competentes para elaborar, aprobar y gestionar el catálogo insular de bienes patrimoniales culturales los cabildos en cuyo ámbito territorial radiquen dichos bienes, estando obligados a mantenerlo actualizado.
2. Los cabildos insulares son competentes para incoar, tramitar y resolver los procedimientos de inclusión de los bienes situados en su ámbito insular en el catálogo insular de bienes patrimoniales culturales.


