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Legislación › Ley 12/2019, de 25 de abril, por la que se regula la atención temprana en Canarias.

Artículo 3. Población destinataria.

Artículo 3. Población destinataria.

1. La presente ley es de aplicación a todos los menores de 6 años que residan o se encuentren transitoriamente en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias con trastornos del desarrollo o con riesgo de padecerlos, así a como su familia y su entorno.

2. Asimismo, la atención temprana podrá prolongarse en quienes superen la edad prevista en el apartado anterior, previo informe favorable del órgano competente, en los términos que establezca esta ley o su desarrollo reglamentario.

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