Legislación › Ley 24/2018, de 5 de diciembre, de mediación de la Comunitat Valenciana.
Artículo 48. Competencia.
Artículo 48. Competencia.
La iniciación e instrucción del expediente sancionador y, en su caso, la imposición de las sanciones administrativas previstas en esta ley se llevarán a cabo por la conselleria competente en materia de mediación.


