LexTotal

Legislación › Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón.

Artículo 118. Mandato de sus miembros.

Artículo 118. Mandato de sus miembros.

El mandato de todos los miembros del Tribunal Administrativo del Deporte Aragonés será de cuatro años y su ejercicio no será remunerado. En el ejercicio de sus cargos, dichos miembros únicamente tendrán derecho a las dietas e indemnizaciones a las que hubiese lugar de acuerdo con la normativa de aplicación.

← Artículo 117 Índice Artículo 119 →