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Legislación › Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón.

Artículo 13. Actividad física, deporte y tiempo libre.

Artículo 13. Actividad física, deporte y tiempo libre.

Las Administraciones públicas aragonesas, cada una en el ámbito de sus competencias, promoverán la práctica de la Educación Física, la actividad física y el deporte como un adecuado instrumento de ocupación del currículo escolar, del ocio y del tiempo libre, considerándolo como una herramienta eficaz para la mejora de la salud y la calidad de vida de sus ciudadanos y ciudadanas.

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