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Legislación › Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón.

Artículo 73. Colaboración en la gestión de instalaciones deportivas.

Artículo 73. Colaboración en la gestión de instalaciones deportivas.

Las Administraciones públicas titulares de instalaciones deportivas de uso público establecerán los instrumentos adecuados para favorecer la cooperación y participación en la gestión de las mismas por parte de las federaciones deportivas aragonesas, la asociación aragonesa de deporte laboral y los clubes deportivos aragoneses declarados de utilidad pública.

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