Legislación › Real Decreto 776/2020, de 25 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros de Armas Navales.
Artículo 31. Pérdida de la condición de colegiado.
Artículo 31. Pérdida de la condición de colegiado.
La baja en el Colegio se producirá:
a) A petición del colegiado.
b) Por sanción disciplinaria de expulsión del Colegio que ponga fin a la vía administrativa.
c) Por fallecimiento.
d) Por sentencia judicial firme de inhabilitación para ejercer la profesión.


