Legislación › Orden DSA/819/2020, de 3 de septiembre, por la que se regula la composición y funcionamiento del Consejo de Desarrollo Sostenible.
Segundo. Funciones.
Segundo. Funciones.
El Consejo de Desarrollo Sostenible tendrá las siguientes funciones:
a) Asesorar a la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 en la elaboración e implementación de los planes y estrategias necesarios para el cumplimiento de la Agenda 2030.
b) Generar documentos y análisis sobre aspectos de la implementación para la consecución de la Agenda 2030.
c) Contribuir a la divulgación y comunicación de la Agenda 2030 al conjunto de la ciudadanía española.
d) Impulsar el diálogo y coordinación entre todos los agentes sociales, económicos, medioambientales y culturales para contribuir a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.


