Legislación › Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.
Artículo 6. Régimen especial de la solicitud de declaración del concurso de acreedores.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de septiembre de 2020 y la del 19 de noviembre de 2020.
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Artículo 6. Régimen especial de la solicitud de declaración del concurso de acreedores.
1. Hasta el 31 de diciembre 14 marzo de 2020 inclusive 2021, inclusive, el deudor que se encuentre en estado de insolvencia no tendrá el deber de solicitar la declaración de concurso, haya o no comunicado al juzgado competente la apertura de negociaciones con los acreedores para alcanzar un acuerdo de refinanciación, un acuerdo extrajudicial de pagos o adhesiones a una propuesta anticipada de convenio.
2. Hasta el 31 14 de diciembre marzo de 2020 2021, inclusive, los jueces no admitirán a trámite las solicitudes de concurso necesario que se hayan presentado desde el 14 de marzo de 2020. Si hasta el 31 14 de diciembre marzo de 2020 inclusive 2021, inclusive, el deudor hubiera presentado solicitud de concurso voluntario, ésta se admitirá esta a trámite con preferencia, aunque fuera de fecha posterior a la solicitud de concurso necesario.
3. Si hasta el 31 de diciembre de 2020 inclusive el deudor hubiera comunicado la apertura de negociaciones con los acreedores para alcanzar un acuerdo de refinanciación, un acuerdo extrajudicial de pagos o adhesiones a una propuesta anticipada de convenio, se estará al régimen general establecido por la ley. No obstante, en ese supuesto, el deudor no tendrá el deber de solicitar el concurso hasta que transcurran seis meses desde la comunicación.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 25 de noviembre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-19305 | Leer | Qué cambió |
| 13 de marzo de 2021 | BOE-A-2021-3946 | Leer | Qué cambió |
| 19 de noviembre de 2020 | BOE-A-2020-14368 | Leer | Qué cambió |
| 20 de septiembre de 2020 | Texto original | Leer |


