Legislación › Ley 11/2020, de 18 de septiembre, de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda y de modificación de la Ley 18/2007, de la Ley 24/2015 y de la Ley 4/2016, relativas a la protección del derecho a la vivienda.
Disposición adicional segunda. Exclusión de viviendas de gran superficie del régimen de contención de rentas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de septiembre de 2020 y la del 8 de abril de 2022.
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Disposición adicional segunda. Exclusión de viviendas de gran superficie del régimen de contención de rentas.
La declaración de un área como área con mercado de vivienda tenso puede determinar, de forma motivada, que queden excluidos del régimen de contención de rentas regulado por la presente ley las viviendas que tengan una superficie útil superior a los ciento cincuenta metros cuadrados.
Téngase en cuenta que se declara la inconstitucionalidad y nulidad de esta disposición, con los efectos previstos en el fundamento jurídico 8, por Sentencia del TC 37/2022, de 10 de marzo. BOE-A-2022-5807
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de abril de 2022 En vigor | BOE-A-2022-5807 | Leer | Qué cambió |
| 22 de septiembre de 2020 | Texto original | Leer |
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