Legislación › Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo.
Artículo 11. Compatibilidad de las prestaciones por desempleo con el trabajo a tiempo parcial en determinados supuestos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de mayo de 2021 y la del 29 de septiembre de 2021.
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Artículo 11. Compatibilidad de las prestaciones por desempleo con el trabajo a tiempo parcial en determinados supuestos.
A partir de la entrada en vigor del presente real decreto-ley, cuando las prestaciones por desempleo reconocidas en el ámbito de los expedientes de regulación temporal de empleo a los que se refieren los artículos 1, 2 y 3 y la disposición adicional primera del presente real decreto-ley se compatibilicen con la realización de un trabajo a tiempo parcial no afectado por medidas de suspensión, no se deducirá de la cuantía de la prestación la parte proporcional al tiempo trabajado.
Téngase en cuenta que las medidas extraordinarias para la protección de las personas trabajadoras previstas en el presente artículo, serán de aplicación hasta el 30 28 de septiembre febrero de 2021, 2022, según establece el art. 4.3 6.3 del Real Decreto-ley 11/2021, 18/2021, de 27 28 de mayo. BOE-A-2021-8877 septiembre. BOE-A-2021-15768
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de septiembre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-15768 | Leer | Qué cambió |
| 28 de mayo de 2021 | BOE-A-2021-8877 | Leer | Qué cambió |
| 30 de septiembre de 2020 | Texto original | Leer |


