Legislación › Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Illes Balears.
Disposición derogatoria única.
Disposición derogatoria única.
1. Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan al presente Decreto Legislativo y al texto refundido que aprueba.
2. Quedan derogadas en concreto las normas que excluyan de evaluación ambiental planes, programas o proyectos de la evaluación ambiental en supuestos no previstos en este texto refundido.
3. Quedan derogadas expresamente las disposiciones siguientes:
a) Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Islas Baleares, excepto la referencia a la disposición adicional quinta de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears.
b) Ley 9/2018, de 31 de julio, por la que se modifica la Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Islas Baleares.
c) El apartado 4.a) del artículo único de la Ley 5/2012, de 23 de mayo, de medidas urbanísticas para la ejecución del Centro Internacional de Tenis Rafael Nadal, por lo que respecta a las evaluaciones ambientales que se inicien a partir de la entrada en vigor del presente decreto legislativo.
d) El apartado d) del artículo 124.1 de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.


