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Legislación › Real Decreto 136/2020, de 27 de enero, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno.

Artículo 13. Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia de País a Largo Plazo.

Artículo 13. Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia de País a Largo Plazo.

1. Bajo la dependencia directa del Director del Gabinete, con rango de dirección general se crea la Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia de País a Largo Plazo, para el análisis metodológico y la canalización de la información de los retos, oportunidades, y tendencias multisectoriales del país, que permita el desarrollo de estrategias nacionales anticipatorias y de previsión a largo plazo.

2. Dependerá de la Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia de País a Largo Plazo una Unidad de Estudios con nivel orgánico de subdirección general.

3. Se creará un Comité de Expertos para el asesoramiento y orientación de las actividades de la Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia de País a Largo Plazo, con las funciones y composición que, en su caso, se determinen.

4. El Secretario General de la Presidencia del Gobierno participará en el impulso y desarrollo de las funciones de la Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia de País a Largo Plazo.

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