Legislación › Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Artículo 8. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de enero de 2020 y la del 29 de septiembre de 2022.
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Artículo 8. Ministerio de Trabajo y Economía Social.
1. El Ministerio de Trabajo y Economía Social se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º El Comisionado especial para la Economía Social, con rango de Subsecretaría.
2.º La Dirección General de Trabajo.
2.º 3.º La Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas.
B) La Subsecretaría de Trabajo y Economía Social, de la que depende la Secretaría General Técnica.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de septiembre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-15756 | Leer | Qué cambió |
| 29 de enero de 2020 | Texto original | Leer |


