LexTotal

Legislación › Ley 4/2020, de 10 de julio, de Fomento y Coordinación del Sistema de Investigación, Desarrollo e Innovación de Castilla-La Mancha.

Disposición adicional primera. Régimen transitorio hasta la puesta en funcionamiento de la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha.

Disposición adicional primera. Régimen transitorio hasta la puesta en funcionamiento de la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha.

En tanto no se ponga en funcionamiento la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha, las funciones atribuidas a la misma serán desempeñadas directamente por la consejería competente en materia de investigación, desarrollo e innovación.

← Artículo 44 Índice Disposición adicional segunda →