Legislación › Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre, sobre delegación de competencias.
Artículo 35. Delegación de competencias en la persona titular de la Subdirección General para la Innovación y Calidad de la Oficina Judicial y Fiscal.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de octubre de 2020 y la del 29 de diciembre de 2022.
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Artículo 35. Delegación de competencias en la persona titular de la Subdirección General para la Innovación y Calidad de la Oficina Judicial y Fiscal.
Se delega por la persona titular de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia en la persona titular de la Subdirección General para la Innovación y Calidad de la Oficina Judicial y Fiscal el ejercicio de las siguientes competencias en relación con los funcionarios del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia: (Suprimido).
a) La consolidación de la categoría personal.
b) Las adscripciones provisionales y definitivas.
c) La tramitación de actos y situaciones administrativas de los Letrados de la Administración de Justicia destinados en la Comunidad Autónoma de Madrid, excepto los servicios especiales.
d) La tramitación y resolución de los expedientes de jubilación, incluida la prolongación del servicio activo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Madrid.
e) Las actuaciones derivadas de los nombramientos y ceses de los Letrados de la Administración de Justicia, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Madrid.
f) El reconocimiento de trienios y servicios previos.
g) La designación de las comisiones de servicio.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de diciembre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-23722 | Leer | Qué cambió |
| 24 de octubre de 2020 | Texto original | Leer |


