Legislación › Ley 12/2020, de 13 de octubre, de la atención pública de la salud bucodental.
Disposición adicional segunda. Transitoriedad de la Oficina de Salud Bucodental.
Disposición adicional segunda. Transitoriedad de la Oficina de Salud Bucodental.
La Oficina de Salud Bucodental tiene carácter transitorio hasta la finalización de la aplicación progresiva del Programa de atención dental de Cataluña.
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