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Legislación › Ley 12/2020, de 13 de octubre, de la atención pública de la salud bucodental.

Disposición adicional cuarta. Difusión de la Ley.

Disposición adicional cuarta. Difusión de la Ley.

El departamento competente en materia de salud, en coordinación con los competentes en materia de educación y de asuntos sociales, deber habilitar los mecanismos adecuados para dar la máxima difusión a la presente ley entre los profesionales de los sectores sanitario, social y educativo y el resto de la población.

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