Legislación › Decreto-ley Foral 10/2020, de 16 de septiembre, por el que se aprueban medidas en materia de personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
Disposición transitoria cuarta. Mantenimiento de listas de servicios especiales para la formación vigentes.
Disposición transitoria cuarta. Mantenimiento de listas de servicios especiales para la formación vigentes.
Las listas de servicios especiales para la formación vigentes a la entrada en vigor del presente decreto-ley foral para el desempeño de puestos de trabajo de Auxiliar Administrativo y de Cuidador del Departamento de Educación mantendrán su vigencia para la cobertura de los puestos de trabajo correlativos del nivel superior correspondiente. Para la formalización de nuevas designaciones en situación de servicios especiales para la formación en estos puestos de trabajo se exigirán los requisitos necesarios de conformidad con el nuevo nivel/grupo de encuadramiento, con la salvedad del periodo transitorio contemplado en el artículo 2 en relación con los puestos de trabajo de Técnico de Apoyo a la Inclusión del Departamento de Educación.
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