Legislación › Decreto-ley 33/2020, de 30 de septiembre, de medidas urgentes en el ámbito del impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica y del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos, y en el ámbito presupuestario y administrativo.
Artículo 1. Ejercicio 2020.
Artículo 1. Ejercicio 2020.
1.1 La tarifa aplicable a la liquidación correspondiente al ejercicio 2020 del impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica es la siguiente:
a) Vehículos de la categoría M1 y de las categorías L3e, L4e, L5e y L7e.
| Emisiones oficiales de dióxido de carbono | Tipo marginal (€/g CO2/km) |
|---|---|
| Hasta 120 g/km. | 0,00 |
| Más de 120 g/km y hasta 140 g/km. | 0,55 |
| Más de 140 g/km y hasta 160 g/km. | 0,65 |
| Más de 160 g/km y hasta 200 g/km. | 0,80 |
| Más de 200 g/km. | 1,10 |
b) Vehículos de la categoría N1.
| Emisiones oficiales de dióxido de carbono | Tipo marginal (€/g CO2/km) |
|---|---|
| Hasta 160 g/km. | 0,00 |
| Más de 160 g/km. | 0,30 |
1.2 En los términos y las condiciones que establece el artículo 47 de la Ley 16/2017, de 1 de agosto, del cambio climático, los plazos correspondientes a la exposición pública de los padrones provisional y definitivo correspondientes al ejercicio 2020 son los siguientes:
a) El padrón provisional se tiene que exponer del 1 al 15 de mayo del 2021.
b) El padrón definitivo se tiene que exponer del 1 al 15 de septiembre del 2021


