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Legislación › Orden TED/1079/2020, de 11 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la prevención de riesgos y seguridad minera en el ámbito de una minería autóctona y sostenible.

ANEXO II

ANEXO II

Actuaciones de formación en seguridad minera: Tipología de proyectos y puntuación

Tabla 3. Tipologías de cursos subvencionables

Área Tipología de curso subvencionable Puntuación

A. Actuaciones formativas en relación a riesgos de seguridad.

A.1 Conducción y uso seguro de maquinaria móvil. 30
A.2 Riesgos específicos de las cintas transportadoras. 30
A.3 Caídas a distinto nivel. 20
A.4 Otros riesgos en establecimientos de beneficio. 15
A.5 Condiciones del terreno y su control. 10
A.6 Manipulación de cargas mediante maquinaria.  5
B. Actuaciones formativas en relación a riesgos higiénicos y ergonómicos específicos. B.1 Inhalación de sustancias (por ejemplo, polvo, sílice respirable, humos de escape diésel). 30
B.2 Lesiones físicas en los trabajadores por posturas forzadas, movimientos repetitivos y vibraciones. 10
B.3 Exposición al ruido. 10
C. Actividades formativas específicas. C.1 Simulacros de evacuación en caso de emergencia. 30
C.2 Primeros auxilios. 20
C.3 Metodología de observación y coaching para el comportamiento. 20
C.4 Uso de autorrescatadores. 15
C.5 Trabajos de mantenimiento. 10
C.6 Trabajos eléctricos.  5
C.7 Uso de equipos de protección individual.  5

Tabla 4. Criterios de puntuación. Actuaciones de formación

Concepto Puntos Umbral de puntuación Descripción
1. Calidad del equipo docente. 1.1. Titulación del equipo docente. 0 a 2 Los puntos otorgados son el resultado de multiplicar por 2 el cociente entre el número de docentes con titulación adecuada en relación con el tipo de formación a impartir, y el número total de docentes en la propuesta.
1.2. Capacitación acreditada. 0 a 5 2 Los puntos otorgados son el resultado de multiplicar por 5 el cociente entre el número de docentes que cuentan con una experiencia mayor de cinco años en puestos de trabajo relacionados con las materias a impartir y el número total de docentes en la propuesta.
1.3. Experiencia docente acreditada. 0 a 5 2 Los puntos otorgados son el resultado de multiplicar por 5 el cociente entre el número de docentes que cuentan con más de 500 horas de docencia en la formación a impartir y el número total de docentes de la propuesta.
1.4. Formación en prevención de riesgos laborales. 0 a 2

Los puntos otorgados serán el resultado de aplicar la siguiente fórmula:

Puntos = (n.º docentes con nivel básico + 1,5 x n.º docentes con nivel medio + 2 x n.º docentes con nivel superior)/Total docentes en la oferta.

2. Metodología y material didáctico. 2.1 Formación práctica. 0 a 36 12

Se entenderá por formación práctica aquella que, estando centrada específicamente en el puesto de trabajo, se realice bien: en el puesto de trabajo; en un simulador; en una mina escuela (o similar); recorriendo una explotación; mediante la realización de ejercicios prácticos no escritos por parte de los alumnos (Uso de EPI’s, uso de equipos de trabajo o maquinaria, montaje y desmontaje de instalaciones, etc.) junto con demostraciones prácticas por parte de los docentes. No tendrá la consideración de formación práctica la proyección de videos divulgativos.

Puntos = (6 x n.º horas de cursos con 20-30% de formación práctica + 12 x n.º horas de cursos con 30-40% de formación práctica + 18 x n.º horas de cursos con 40-50% de formación práctica + 24 x n.º horas de cursos con 50-60% de formación práctica + 30 x n.º horas de cursos con 60-70% de formación práctica + 36 x n.º horas de cursos con más de un 70% de formación práctica)/total de horas lectivas del proyecto formativo.

2.2. Manual formativo. 0 a 3 Se otorgará hasta un máximo de 3 puntos en función del manual formativo aportado en la solicitud y su adecuación a los riesgos existentes en el puesto de trabajo de los alumnos destinatarios de la formación. Los puntos otorgados son el resultado de multiplicar por 3 el cociente entre la suma de las horas lectivas de aquellos cursos para los que se entregue un manual adecuado y el número de horas lectivas totales del proyecto formativo.
2.3. Método de evaluación de los alumnos. 0 a 3 Se otorgará hasta un máximo de 3 puntos en función de que los métodos de evaluación se adapten al puesto de trabajo de los alumnos destinatarios de la formación. Los puntos otorgados son el resultado de multiplicar por 3 el cociente entre la suma de las horas lectivas de aquellos cursos que empleen métodos de evaluación adaptados al puesto de trabajo de los alumnos a los que va dirigido y el número de horas lectivas totales del proyecto formativo.
3. Tipología de cursos. 5 a 30 Ver tabla 3. Los puntos otorgados son el resultado del cociente entre el valor obtenido al multiplicar el número de horas lectivas de los cursos destinados a cada uno de los riesgos específicos indicados más abajo por la puntuación asignada por riesgo específico, y el número de horas lectivas totales. Cada curso debe abordar un único riesgo específico.
4. Optimización de recursos. 0 10 2 Se asignará un máximo de 10 puntos, resultado de aplicar la siguiente fórmula:
Puntos=10-(10/(Cm-Cmin))*(Cs – Cmin)
donde Cm = coste máximo por trabajador y hora establecido en la convocatoria.
Cmin = coste establecido en la convocatoria a partir del cual no se obtiene puntuación por optimización de recursos.
Cs = coste por trabajador y hora en la solicitud.
5. Incorporación de la variable de género. 0 a 2 Se asignará un máximo de 2 puntos en aquellos proyectos en donde la entidad beneficiaria, o el equipo docente, cumpla una de las siguientes condiciones:
– Que la persona que ostente la presidencia o dirección de la entidad sea una mujer.
– Que más del 45 % del órgano de dirección de la entidad esté integrado por mujeres.
– Que la máxima responsabilidad en la dirección técnica del proyecto/actuación recaiga en una mujer.
– Tener definido un Plan de igualdad en el supuesto de no ser obligatorio.
6. Integración laboral de las personas con discapacidad. 0 a 2 Se asignará un máximo de 2 puntos en aquellos proyectos en donde la entidad beneficiaria, o el equipo docente, cumpla una de las siguientes condiciones:
– Para entidades con un número inferior a 50 trabajadores tener por lo menos 1 trabajador con discapacidad.
– Para entidades con 50 o más trabajadores superar el límite legal establecido del 2 %.

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