Legislación › Ley 2/2020, de 22 de octubre, de Estadística de Aragón.
Artículo 26. Estadística para fines de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Artículo 26. Estadística para fines de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Se entiende por estadística para fines de la comunidad autónoma la realizada con el fin de proporcionar información sobre la realidad territorial, medioambiental, demográfica, social, cultural y económica de Aragón, así como sobre cualquier materia relacionada con las competencias de la Comunidad Autónoma de Aragón, que sea declarada como tal conforme a lo previsto en esta ley.


