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Legislación › Ley 2/2020, de 22 de octubre, de Estadística de Aragón.

Artículo 8. Datos no protegidos.

Artículo 8. Datos no protegidos.

No están protegidos por el secreto estadístico:

a) Los datos que sean de conocimiento público y no afecten a la intimidad de las personas. A estos efectos, serán de conocimiento público aquellos datos que, con arreglo a la normativa que resulte de aplicación, hayan sido objeto de publicidad, edición o inscripción en un registro público.

b) Los directorios de unidades institucionales que no contengan más datos que la denominación, identificadores, emplazamiento, indicadores de actividad y tamaño y otras características generales que se incluyan habitualmente en los registros de difusión pública.

c) Los datos protegidos cuando el interesado manifieste por escrito su renuncia a la protección del secreto estadístico.

d) Los datos protegidos de personas jurídicas recibidos en los órganos y unidades estadísticos hace más de quince años.

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