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Legislación › Ley 2/2020, de 22 de octubre, de Estadística de Aragón.

Disposición transitoria cuarta. Solicitud de datos distintos de los publicados.

Disposición transitoria cuarta. Solicitud de datos distintos de los publicados.

Hasta que se regule el precio público a que se refiere el artículo 24.2 de esta ley, el Instituto Aragonés de Estadística y las unidades estadísticas sectoriales del Sistema Estadístico Oficial de Aragón únicamente podrán denegar las solicitudes de tabulaciones o elaboraciones estadísticas distintas de las publicadas que se les soliciten cuando su atención suponga una perturbación grave del funcionamiento del servicio.

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