LexTotal

Legislación › Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos.

Artículo 17. Ámbito de aplicación temporal.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de diciembre de 2020 y la del 15 de junio de 2023. Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 17. Ámbito de aplicación temporal.
Lo dispuesto en este título será aplicable a las subvenciones que se convoquen para este fin hasta la fecha de finalización de la vigencia de las «Directrices "Directrices sobre ayudas estatales en materia de clima, protección del medio ambiente y energía 2014-2020», 2022", aprobadas por la Comunicación de la Comisión Europea 2014/C 200/01, 2022/C 80/01, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3 de la disposición final tercera.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
15 de junio de 2023 En vigor BOE-A-2023-14046 Leer Qué cambió
18 de diciembre de 2020 Texto original Leer

← Artículo 16 Índice Artículo 18 →