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Legislación › Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos.

Artículo 4. Procedimiento electrónico.

Artículo 4. Procedimiento electrónico.

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los solicitantes estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de los trámites necesarios en el procedimiento de certificación.

2. Asimismo, el Operador del Sistema se relacionará con la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa y con las empresas distribuidoras y, en su caso, transportistas, a través de medios electrónicos para la realización de los trámites necesarios en el procedimiento de certificación.

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