LexTotal

Legislación › Ley 4/2020, de 26 de noviembre, de medidas extraordinarias de carácter económico, financieras, fiscal y administrativas para afrontar la crisis provocada por el COVID-19.

Disposición final segunda. Habilitación para dictar instrucciones sobre suministro de información económico-financiera.

Disposición final segunda. Habilitación para dictar instrucciones sobre suministro de información económico-financiera.

Se habilita a las personas titulares de la Intervención General y de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, en el ámbito de sus competencias, para dictar las instrucciones que se precisen para determinar el procedimiento, contenido y periodicidad del suministro de información necesaria en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, así como establecer los criterios para la identificación y clasificación de los gastos extraordinarios necesarios para atender la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, los cuales deberán estar identificados y clasificados de forma diferenciada.

← Disposición final primera Índice Disposición final tercera →