LexTotal

Legislación › Orden APA/1200/2020, de 16 de diciembre, por la que se establecen medidas de mitigación y mejora del conocimiento científico para reducir las capturas accidentales de cetáceos durante las actividades pesqueras.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Las medidas contenidas en esta orden serán de aplicación a los buques de pabellón español autorizados a ejercer la pesca en las aguas exteriores del caladero nacional del Cantábrico y Noroeste, y a los autorizados en las aguas de la Unión Europea no españolas del golfo de Vizcaya de la zona 8 del CIEM.

← Artículo 1 Índice Artículo 3 →