Legislación › Ley 8/2019, de 13 de diciembre, de Participación de Castilla-La Mancha.
Disposición adicional tercera. Regulación del Consejo del Diálogo Social de Castilla-La Mancha.
Disposición adicional tercera. Regulación del Consejo del Diálogo Social de Castilla-La Mancha.
En el plazo de seis meses contado desde el día siguiente al de la entrada en vigor de esta ley, el Consejo de Gobierno aprobará el régimen de organización y funcionamiento interno del Consejo del Diálogo Social de Castilla-La Mancha a través de Decreto.
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