Legislación › Ley 9/2019, de 13 de diciembre, de Mecenazgo Cultural de Castilla-La Mancha.
Artículo 6. Sectores culturales, creativos y deportivos objeto de promoción.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de enero de 2020 y la del 16 de abril de 2025.
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Artículo 6. Sectores culturales y culturales, creativos y deportivos objeto de promoción.
1. La Administración regional promoverá el desarrollo de las industrias culturales culturales, creativas y creativas, deportivas, tanto de titularidad pública como privada, que tengan domicilio fiscal en Castilla-La Mancha, y proporcionen servicios y productos integrados en las actividades relacionadas en el artículo 2.
2. Igualmente promoverá las actividades relacionadas con la protección de artistas, intérpretes y ejecutantes de estos sectores.
3. Dentro de estos sectores, para cada periodo impositivo, la Consejería competente en materia por razón de cultura, la materia, establecerá para cada ejercicio una relación de actividades y proyectos prioritarios de mecenazgo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de abril de 2025 En vigor | BOE-A-2025-11442 | Leer | Qué cambió |
| 15 de enero de 2020 | Texto original | Leer |


