Legislación › Ley 9/2019, de 13 de diciembre, de Mecenazgo Cultural de Castilla-La Mancha.
Artículo 9. Reconocimientos a la colaboración privada en la cultura y el deporte.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de enero de 2020 y la del 16 de abril de 2025.
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Artículo 9. Reconocimientos a la colaboración privada en la cultura. cultura y el deporte.
1. La Oficina del Mecenazgo Cultural y Deportivo dará visibilidad pública, en su sede electrónica, salvo petición en contrario, a las personas que hayan realizado actuaciones de mecenazgo.
2. Se crean los premios a la colaboración privada en la cultura y el deporte de Castilla-La Mancha, en sus modalidades para personas físicas y para personas jurídicas, que tienen por objeto reconocer la colaboración en la financiación de la cultura. cultura y el deporte.
3. Reglamentariamente se regulará el procedimiento para la concesión de los citados premios, que tendrán carácter honorífico, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa tributaria de incentivos fiscales.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de abril de 2025 En vigor | BOE-A-2025-11442 | Leer | Qué cambió |
| 15 de enero de 2020 | Texto original | Leer |


