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Legislación › Resolución de 17 de diciembre de 2020, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se actualizan las Directrices operativas para la gestión de pasajeros aéreos y personal de aviación con relación a la pandemia COVID-19.

ANEXO 1

ANEXO 1

Material de orientación

El objetivo de esta guía es promover la implementación de las pautas operativas por parte de los gestores aeroportuarios y operadores aéreos. Por tanto, establecer un protocolo implica que se aplica y que se verifica su utilidad para el fin perseguido, y en caso de que no sea útil debe modificarse.

Por ello, se implantará un modelo declarativo por el que los gestores aeroportuarios y operadores aéreos declaran el estado de cumplimiento relativo a las medidas establecidas en el presente documento.

Para llevar a cabo estas medidas, el gestor aeroportuario, los operadores aéreos y, cuando corresponda, otros proveedores de servicios deberán considerar las medidas recomendadas incluidas en la última revisión de EASA e implementarlas en la medida de lo posible, así como promover el acceso de los miembros de su personal a programas de formación, y utilización de la guía de EASA o cualquier otra guía relevante.

Se tendrá en cuenta, para la implementación de determinadas medidas, la diversidad de la red aeroportuaria, la tipología del aeropuerto y su volumen de tráfico.

Los operadores aéreos, el gestor aeroportuario y otros proveedores de servicios y partes interesadas deben coordinar sus acciones a través del Comité Español de Facilitación del Transporte Aéreo, para disminuir los riesgos y garantizar el adecuado cumplimiento de la normativa.

En el contexto de estas medidas, puede generarse una situación de conflicto si no se maneja adecuadamente. Para abordar esto, los operadores están invitados a considerar la probabilidad aumentada de estos factores dentro de sus procedimientos y capacitación.

Principios generales

– Limitar a los pasajeros, miembros de la tripulación y el personal del aeropuerto, el acceso a las terminales del aeropuerto. Los acompañantes deberían tener acceso en circunstancias especiales (PMRs, menores no acompañados.)

– Puesta en marcha de medidas destinadas a disuadir a los pasajeros sintomáticos, a través de actividades de comunicación de riesgos y promoción de la salud.

– Implementación de distanciamiento físico (1,5 metros entre individuos), siempre que sea posible.

– Evitar colas en las áreas de alta concentración de pasajeros (las marcas del suelo a 1,5 metros de distancia pueden ayudar a los pasajeros a mantener el distanciamiento físico)

– El uso de mascarillas en función del nivel de riesgo y la disponibilidad de mascarillas, teniendo en cuenta los posibles riesgos y desventajas.

– Medidas de higiene para el personal y los pasajeros.

– La limpieza y desinfección de la infraestructura de la terminal y todos los equipos de manera regular, y su frecuencia debería aumentarse según sea necesario en función del tráfico.

– Fomentar el uso de procesos electrónicos alternativos (por ejemplo, check-in móvil).

– Proporcionar acceso a agua mediante fuentes o máquinas expendedoras, cuando no sea posible conseguirla por el cierre de las instalaciones aeroportuarias.

– Disponibilidad en las instalaciones del aeropuerto y en la cabina de vuelo de los materiales de promoción de seguridad de la salud. Se debería prestar especial atención a las áreas de alta concentración de pasajeros y al formato de los materiales (en todas las lenguas nacionales e inglés).

– Limpieza y desinfección de todas las áreas con potencial de contacto humano y transmisión según lo prescrito por las autoridades de salud pública.

– El sistema de climatización (HVAC) se deberá configurar en el modo más favorable.

(Estos principios deberían regir, en la medida de lo posible, en las terminales de aviación general).

1) Gestión de pasajeros

Por razones de claridad, y de acuerdo con el sumario de la guía de EASA, esta guía sobre la gestión de pasajeros se presenta en la siguiente secuencia: en todo momento, antes de llegar al aeropuerto de salida, al aeropuerto, a bordo de la aeronave y al aeropuerto de llegada.

Las medidas propuestas se evaluarán y actualizarán periódicamente de acuerdo con los cambios en el conocimiento del riesgo de transmisión, así como con el desarrollo de otras medidas de diagnóstico o prevención.

En todo momento

Objetivo: Garantizar que los pasajeros que lleguen al aeropuerto conozcan y cumplan con las medidas de prevención establecidas para garantizar un entorno seguro.

Para ello, se comunicará a los pasajeros que el distanciamiento físico entre individuos de 1,5 metros debe mantenerse siempre que sea posible en el aeropuerto.

Además, se informará de la obligatoriedad de uso de mascarillas quirúrgicas o de protección superior para todos los pasajeros y personas dentro del aeropuerto y la aeronave, desde el momento en que entren en el edificio de la terminal hasta que salen del terminal en el aeropuerto de destino.

El uso de mascarillas no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

Comunicar a los pasajeros que, por lo general, las mascarillas quirúrgicas se deben reemplazar después de usarlas durante 4 horas, si el fabricante de la máscara no lo indica, o cuando se mojan o se ensucian, y que deben garantizar un suministro suficiente de mascarillas adecuadas para toda la duración de su viaje.

Disponibilidad de papeleras en las instalaciones del aeropuerto y las bolsas de basura de un solo uso a bordo y al desembarcar para desechar las mascarillas usadas.

El gestor aeroportuario y los operadores aéreos informarán sobre el uso y retirada apropiada de las mascarillas y la forma correcta de desecharlas en su material de promoción de seguridad de la salud.

El gestor aeroportuario considerará la posibilidad de implementar sistemas que permitan adquirir mascarillas quirúrgicas o de protección superior en los aeropuertos (por ejemplo, a través de máquinas expendedoras).

El uso de mascarillas es una medida complementaria y no un reemplazo de las medidas de prevención establecidas, tales como distanciamiento físico, etiqueta respiratoria, higiene de las manos y evitar tocar la cara, nariz, ojos y boca, pero sí una medida alternativa en caso de no poder cumplir la distancia física.

Además, los pasajeros observarán las siguientes medidas, a menos que el personal del aeropuerto o los miembros de la tripulación aérea indiquen lo contrario:

– Higiene de manos: lavándose con agua y jabón o, cuando no esté disponible, utilizando una solución desinfectante para manos a base de alcohol.

– Etiqueta respiratoria: cubrir la boca y la nariz con una toalla de papel o un codo flexionado al estornudar o toser, incluso cuando se usa una mascarilla.

– Limitar el contacto directo de cualquier superficie en el aeropuerto y en la aeronave solo cuando sea necesario.

Se proporcionará el equipo de protección (EPI) necesario y se asegurará la formación necesaria para el uso de los equipos a los miembros del personal del gestor aeroportuario, operadores aéreos y proveedores de servicios.

Además, se proporcionará al personal que interactúa directamente con los pasajeros mascarilla, guantes y uniformes; se recomienda cambiar los uniformes diariamente, y en el caso de que no sea posible, se usará un traje de protección como alternativa.

Los vigilantes de seguridad dispondrán de protectores faciales o alternativas adecuadas además de sus mascarillas para mitigar el riesgo de inhalación de micro-gotas causada por su contacto con los pasajeros durante las inspecciones manuales. Además, deberán cambiarse de guantes después de cada inspección manual.

Los miembros del personal que interactúan con los pasajeros desde detrás de una pantalla de protección no tienen que usar equipo de protección personal en todo momento.

Además, si las pantallas necesitan tener ventanillas para gestionar los documentos, los pasajeros deben mantenerse alejados del mostrador a menos que entreguen documentos y equipaje. Esto se puede facilitar con marcas específicas en el suelo, que podrán extenderse a la cola para mantener el distanciamiento físico.

A pesar del uso de EPI, la higiene de manos debe reforzarse en todo momento. Cuando se usen guantes, deben cambiarse regularmente. No todos los tipos de guantes se pueden desinfectar con una solución a base de alcohol. Algunos pueden deteriorarse significativamente y contribuir a la contaminación. Por lo tanto, no se recomienda la desinfección de guantes. Cuando el personal use guantes, los operadores recordarán que usar guantes no protege contra la propagación del virus y alertarán sobre la posible falsa sensación de seguridad que pueden crear si no se siguen escrupulosamente las medidas paralelas.

Se notificará regularmente a los pasajeros a través de mensajes visuales y de audio de las medidas preventivas adoptadas. También se les debe informar las consecuencias de no cumplir con tales medidas.

A los pasajeros que no cumplan con las medidas señaladas se les denegará el acceso al edificio de la terminal del aeropuerto, a la cabina de la aeronave, o desembarcará, si los hechos han ocurrido antes de que se cierren las puertas de la aeronave. Además, pueden ser sancionados si incumplen las medidas adoptadas por el Estado.

Si el hecho tiene lugar durante el vuelo, se debe aplicar el procedimiento de pasajeros conflictivos, pudiendo además ser sancionados en virtud de las Leyes de Seguridad Aérea y General de Salud Pública.

Se priorizarán, en la medida de lo posible, los trabajos de mantenimiento y reparaciones en las zonas públicas, reajustando su programación o si es posible se pospondrán aquellos trabajos no esenciales.

Antes de llegar al aeropuerto

Objetivo: Reducir las posibilidades de que cualquier pasajero con síntomas compatibles con COVID-19 llegue al aeropuerto y garantizar que los pasajeros que lleguen al aeropuerto conozcan las medidas preventivas establecidas.

Se informará a los futuros pasajeros de las restricciones de viaje para cualquier pasajero que pueda tener síntomas compatibles con COVID-19 antes de llegar al aeropuerto de salida.

Se informará de los síntomas a considerar. El material promocional incentivará a los pasajeros sintomáticos a no presentarse en el aeropuerto para el vuelo.

Se informará a los pasajeros que aquellos sintomáticos identificados en el aeropuerto pueden ser rechazados para continuar su viaje.

Se recomienda a los operadores aéreos que ofrezcan incentivos tales como cambio de reserva o reembolso sin costo sobre la base de un certificado médico que confirma la sospecha de contaminación con COVID19.

Se comunicará a los pasajeros el uso de mascarilla quirúrgica o de protección superior en el aeropuerto y a bordo de la aeronave, excepto donde se especifique lo contrario. Además, sobre la duración prevista de las medidas preventivas vigentes para programar su llegada al aeropuerto a su debido tiempo. Sin embargo, se intentará reducir al mínimo el tiempo que pasan en el aeropuerto, siempre que sea posible.

Se comunicará a los pasajeros antes de llegar al aeropuerto que el acceso a la terminal está restringido solo a los pasajeros que vayan a volar para reducir el número de personas en la terminal y, en consecuencia, facilitar el distanciamiento físico.

Además, el gestor aeroportuario indicará claramente el punto más allá del cual no se permite el paso de ninguna persona acompañante.

Así mismo, se debería evitar la formación de multitudes y colas, lo que aumentaría los riesgos de transmisión y crearía una vulnerabilidad de seguridad potencial.

En caso de cualquier duda que pueda tener síntomas o cualquier problema relacionado con la salud, el miembro de la tripulación debe ser retirado inmediatamente de las tareas de vuelo por la aerolínea.

Se recomienda incentivar a los pasajeros a viajar con todo el equipaje facturado, excepto el equipaje de mano pequeño que cabe debajo del asiento.

Consideraciones para la gestión de pasajeros en el aeropuerto

Objetivo: Reducir el riesgo de transmisión del virus de pasajeros potencialmente contagiosos asintomáticos.

Podrán acceder a los edificios terminales de los aeropuertos situados en territorio español los pasajeros provistos de un billete o tarjeta de embarque válidos, en las 6 horas anteriores a la salida prevista del vuelo, y en el caso de menores, personas con movilidad reducida u otra causa debidamente justificada, a los acompañantes de estos pasajeros que sean estrictamente necesarios.

También se permitirá la entrada a las instalaciones aeroportuarias a empleados del aeropuerto o de las empresas que presten servicios en la infraestructura debidamente acreditados, tripulaciones y pilotos de compañías aéreas y otros operadores de aeronave; personal de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como otras personas debidamente autorizadas, como, por ejemplo y entre otros, inspectores de la AESA en el ejercicio de sus funciones de inspección.

Limpieza y desinfección

Se incrementarán las actividades de limpieza tanto en amplitud como en frecuencia.

El procedimiento para garantizar que la limpieza y desinfección se implementará de la forma siguiente:

– La limpieza y desinfección periódicas de las superficies convendría realizarse con detergentes estándar, con especial cuidado en las superficies que se tocan con frecuencia (por ejemplo, picaporte de puertas, barandillas, botones, lavabos, autobuses, etc.).

– Intensificar la limpieza de bandejas y colocar desinfectante de manos en la entrada y salida de los lugares de seguridad para fomentar la higiene de las manos. Alternativamente, se pueden usar cubiertas de bandeja de un solo uso.

– Garantizar una ventilación de aire adecuada, minimizando el porcentaje de recirculación de aire y favoreciendo, cuando sea posible, el uso de aire fresco.

– La limpieza y el mantenimiento también deben incluir inodoros, todas las superficies que se tocan con frecuencia y el sistema de aire acondicionado, incluido el uso de filtros de aire y el aumento de la frecuencia del reemplazo del filtro.

– Los operadores aéreos deben realizar la limpieza y desinfección de sus aeronaves de acuerdo con la guía de limpieza y desinfección de aeronaves de EASA.

Pantallas protectoras

Siempre que el personal aeroportuario interactúe con los pasajeros desde una ubicación fija, las pantallas protectoras deben instalarse de tal manera que permitan la entrega de los documentos requeridos, pero proporcionen protección al miembro del personal de las gotas respiratorias de los pasajeros, y viceversa.

En la medida de lo posible se implementarán tecnologías o procesos que ayuden a la desinfección de las pantallas.

Check-in y embarque

Se recomienda adoptar medidas para ayudar e incentivar a los pasajeros a utilizar los procedimientos de auto check-in, siempre que lo contemple el operador aéreo en sus procedimientos de facturación, y minimizar la cantidad de equipaje de mano que se lleva a la cabina.

En este sentido, conviene fomentar que los pasajeros completen los procesos de facturación antes de llegar al aeropuerto. El check-in en línea, la tarjeta de embarque móvil, el etiquetado de equipaje fuera del aeropuerto y otras iniciativas contribuirán a reducir la cantidad de contacto con el personal y la infraestructura del aeropuerto.

En los mostradores de check-in tradicionales, se debe considerar el uso de señalización en el área de espera para alentar el distanciamiento social y considerar la instalación de barreras transparentes frente al personal en los mostradores.

Siempre que sea posible, el aeropuerto debe utilizar procesos y tecnología sin contacto, incluida la biometría sin contacto, como el reconocimiento facial o de iris. Se recomienda aplicar dichos procesos de identificación digital en auto facturación de equipaje, control de fronteras, puertas de embarque, etc. y tecnología sin contacto en puntos de venta minoristas y libres de impuestos, etc.

Esto eliminará o reducirá en gran medida la necesidad de contacto con documentos de viaje entre el personal y los pasajeros. También puede acelerar varios procesos, lo que resulta en una mejor protección de la salud, colas reducidas y otras eficiencias del proceso.

Se recomienda promover el transporte de equipaje en los compartimentos de carga.

Los operadores aéreos y el gestor aeroportuario deben cooperar para garantizar que se respete el distanciamiento físico, especialmente durante el check-in, el control de seguridad, el embarque previo y el embarque.

Cuando no es posible el distanciamiento físico recomendado de 1,5 metros, debido a limitaciones de infraestructura, los operadores aéreos y el gestor aeroportuario deben implementar medidas adicionales de mitigación de riesgos.

Los flujos opuestos deberán encontrarse separados. Esto podría lograrse mediante marcas en el suelo, señales de dirección, cordones, etc.

El acceso a los baños del aeropuerto debe respetar los principios de distanciamiento físico.

Antes de embarcar, se debe recordar a los pasajeros que deben garantizar un suministro suficiente de mascarillas quirúrgica o de protección superior para toda la duración de su viaje. No obstante, los operadores aéreos y el gestor aeroportuario también deberían considerar permitir la adquisición de mascarillas quirúrgicas o de protección superior en caso de que los pasajeros no tengan acceso a las mascarillas de antemano.

El uso de mascarillas no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

Por otro lado, operador aéreo debe incentivar el uso de mostradores de facturación en modo autoservicio (self bag drop) para minimizar el contacto entre personas.

Gestión de pasajeros a bordo de la aeronave

Objetivo: Reducir el riesgo residual de transmisión de COVID-19 en una aeronave, en el caso de que un pasajero asintomático esté a bordo.

Se debe proporcionar material de orientación a los pasajeros sobre las medidas de seguridad a bordo, que incluyen:

– Higiene de manos, particularmente antes de comer o beber y después de usar el baño.

– Uso apropiado de mascarillas.

– Etiqueta respiratoria.

– Limitar el contacto con las superficies de la cabina.

– Servicio a bordo reducido.

– Reducir el uso de boquillas de suministro de aire individuales en la mayor medida posible, a menos que el fabricante de la aeronave recomiende lo contrario.

Las demostraciones de seguridad a bordo de la aeronave deben incluir que, en caso de emergencia, los pasajeros deben quitarse las mascarillas antes de usar las mascarillas de oxígeno de la aeronave.

Además, se deberá indicar a los miembros de su tripulación que se quiten las mascarillas protectoras en caso de emergencia, para facilitar la comunicación de instrucciones a los pasajeros.

Se deberán adoptar medidas para evitar que los pasajeros hagan cola en el pasillo o para el uso de los baños. Además, se reservará un baño, preferiblemente el más cercano a la cubierta de vuelo, para uso exclusivo de la tripulación.

Se recomienda a los operadores aéreos que utilizan la recirculación del aire de la cabina que instalen y usen filtros HEPA, de acuerdo con las especificaciones del fabricante, o que eviten el uso de la recirculación del aire de la cabina por completo, siempre que se confirme que esto no comprometerá ninguna función crítica de seguridad.

Los operadores aéreos deben considerar revisar sus procedimientos para el uso de ventiladores de recirculación en los sistemas de aire acondicionado en función de la información proporcionada por el fabricante de la aeronave o, si no está disponible, buscar el asesoramiento del fabricante para lograr los objetivos establecidos anteriormente.

Si la aeronave dispone de la opción de operación con alto flujo de aire (high pack flow), se deberá contactar con el fabricante del sistema para obtener recomendaciones sobre su ajuste. En caso de que el procedimiento de operación en vuelo de la aeronave exija mantener el sistema de flujo de aire apagado durante el despegue, se debe volver a encender una vez las prestaciones de potencia lo permitan.

Con el objetivo de mejorar la calidad de aire de la cabina, se recomienda el uso de todos los paquetes de flujo de aire y el sangrado del APU o el sistema de aire acondicionado externo de pasarela dependiendo de la configuración de la aeronave y de acuerdo con los procedimientos aplicables como las restricciones de uso del APU.

Se debe tener en cuenta que el aire pre-acondicionado externo (PCA) es tratado en la aeronave, de la misma manera que el aire procedente del APU, es decir, pasando a través de los filtros HEPA, si está equipada con ellos.

Los operadores aéreos y el gestor aeroportuario deben colaborar para garantizar que los pasajeros no se encuentren a bordo de la aeronave sin la ventilación adecuada durante más de 30 minutos.

Además, los operadores aéreos deben garantizar, en la medida de lo posible, el distanciamiento físico entre los pasajeros. Para ello, deberán modificar en la medida de sus posibilidades el proceso de asignación de asientos, procurando la máxima distancia entre los pasajeros, a excepción de los miembros de la familia y las personas que viajan juntas como parte del mismo hogar que podrán sentarse uno al lado del otro.

Si no se puede garantizar el distanciamiento físico debido a la ocupación de la aeronave, la configuración del asiento u otras restricciones operativas, los pasajeros y los miembros de la tripulación a bordo de un avión deben cumplir en todo momento con todas las demás medidas preventivas, incluida la estricta higiene de las manos y la etiqueta respiratoria, y deben usar una mascarilla quirúrgica o de protección superior.

Se deberá reducir el servicio a bordo al mínimo necesario para garantizar los estándares de comodidad y bienestar para los pasajeros y limitar el contacto entre los miembros de la tripulación y los pasajeros, teniendo debidamente en cuenta la duración del vuelo. Entre estas medidas, se deben considerar las siguientes:

– Sin venta de productos libres de impuestos u otros productos no esenciales a bordo.

– Servicio reducido de alimentos y bebidas.

– Preferencia por alimentos y bebidas pre-envasados y sellados, como bebidas enlatadas.

– Siempre que sea posible, se deben evitar los procedimientos de pago que impliquen contacto, como pagos en efectivo.

– Se debe recordar a los pasajeros que permanezcan sentados con el cinturón de seguridad abrochado.

Se deberá llevar una cantidad suficiente de mascarillas quirúrgicas o de protección superior a bordo para poner a disposición de los pasajeros, especialmente para vuelos de larga distancia donde la necesidad de cambiar las mascarillas puede ser necesaria. Se debe implementar un proceso seguro de eliminación de mascarillas.

Los pasajeros deben ser regularmente informados de la obligación de llevar mascarilla durante todo el vuelo y hasta que abandonen las instalaciones del aeropuerto de destino, y de que no deben quitársela si no es necesario. La mascarilla debe quedar ajustada a la cara, cubriendo la nariz y la boca completamente.

Cuando se reemplace las mascarillas, deberá hacerse tocando únicamente las cintas o gomas de sujeción para evitar la contaminación de las manos. Se debe recordar a los pasajeros que lleven la mascarilla de forma adecuada y que cuando se reemplacen se depositen en las bolsas habilitadas (no se tiren al suelo de la cabina o se dejen sobre los asientos).

Se debe prestar especial atención a la prevención y el tratamiento de los pasajeros conflictivos y potencialmente conflictivos en el contexto de las presiones impuestas por la pandemia. Esto debería considerar acciones de varias capas que comiencen con la información del pasajero y la preparación sobre las medidas implementadas, y preste atención a los procedimientos y las acciones de la tripulación necesarias para mitigar este riesgo.

Gestión de pasajeros a bordo con síntomas compatibles con COVID-19

Objetivo: Reducir el riesgo de transmisión de un pasajero sintomático a bordo durante el vuelo.

En el caso de que, después del despegue, un pasajero muestre síntomas compatibles con COVID-19, como fiebre, tos persistente, vómitos, diarrea, dificultad para respirar u otros síntomas similares a la gripe, se deben considerar las siguientes medidas:

– La tripulación debe asegurarse de que el pasajero use su mascarilla correctamente y tenga mascarillas adicionales disponibles para reemplazarla en caso de que se moje después de toser o estornudar. Si no se puede tolerar una mascarilla, la persona enferma debe cubrirse la boca y la nariz con pañuelos desechables al toser o estornudar. En caso de que el pasajero tenga dificultades para respirar, se debe buscar asistencia médica y ofrecer suplementos de oxígeno.

– El pasajero debe estar aislado a bordo. Dependiendo de la configuración de la aeronave, la ocupación y distribución real de pasajeros, la posición del caso sintomático y en la medida de lo posible:

•  Se debe definir un área de aislamiento, dejando, si es posible, dos (2) filas de asientos despejados en cada dirección alrededor del pasajero sospechoso.

•  Teniendo en cuenta todos los factores, cuando sea posible, el pasajero sospechoso debe estar sentado en el asiento de la ventana de la última fila, preferiblemente en el lado de la aeronave donde está la válvula de salida.

•  Cuando sea posible, el baño más cercano al pasajero sospechoso debe estar específicamente designado para él y no debe ser utilizado por el resto de los pasajeros o la tripulación.

•  De acuerdo con la composición de la tripulación de cabina, el miembro superior de la tripulación de cabina debe designar miembros específicos de la tripulación para proporcionar el servicio necesario en vuelo a las áreas de aislamiento. Este miembro de la tripulación de cabina debe ser elegido entre los que hayan tenido contacto previo con el pasajero sospechoso. El miembro designado de la tripulación debe usar el EPI en el Kit de precaución universal de la aeronave. El miembro designado de la tripulación debe minimizar el contacto cercano con otros miembros de la tripulación y evitar otro contacto innecesario con otros pasajeros.

– Siempre que sea posible, la boquilla de suministro de aire individual para el pasajero sintomático debe cerrarse para limitar la propagación potencial de gotas.

– Si el pasajero sospechoso viaja acompañado, los acompañantes del pasajero también deben estar confinados en el área de aislamiento, incluso cuando no presenten ningún síntoma.

– La tripulación deberá informar al aeropuerto de destino a través del sistema de control del tráfico aéreo, seguir sus instrucciones y cumplimentar la Parte Sanitaria de la Declaración General de Aeronave en la que se indique la información sanitaria a bordo y enviarla a las autoridades sanitarias del aeropuerto de destino si le es requerida.

– Después de que el vuelo haya aterrizado y otros pasajeros hayan desembarcado, el pasajero aislado y, cuando corresponda, los miembros de la tripulación deben ser transferidos de acuerdo con las instrucciones proporcionadas.

– Los pasajeros que se sentaron a 2 asientos en todas las direcciones del caso sospechoso pueden considerarse contactos cercanos y deberán ser entrevistados, si se confirma el caso sospechoso. Si se descubren más casos entre estos, se debe considerar hacer un seguimiento a todos los pasajeros del vuelo.

– El miembro de la tripulación designado para proporcionar servicios a bordo para el pasajero sospechoso, y otros miembros de la tripulación que puedan haber estado en contacto directo con el pasajero sospechoso, deben ser transporte a las instalaciones donde se pueda limpiar y desinfectar antes de tener contacto físico con otras personas. Alternativamente, como último recurso, después de eliminar cuidadosamente el EPI usado, lavarse y desinfectarse las manos, los miembros de la tripulación de cabina respectivos podrían aislarse a bordo, en un área de cuarentena, antes de regresar a la base o a un destino de escala.

– Los operadores aéreos deben esforzarse por recibir información sobre el resultado de la prueba del caso sospechoso lo antes posible. Los miembros de la tripulación que brindaron servicio en vuelo al pasajero con síntomas compatibles con COVID-19 deben considerarse en contacto cercano y se les debe pedir que tomen las medidas de autoaislamiento apropiadas después de regresar a la base de operaciones. Estos miembros de la tripulación pueden considerarse aptos para el regreso a su servicio, pero no después de 48 horas tras el primer contacto con el pasajero sintomático y tras una exhaustiva higiene personal y cambio de uniforme o traje protector.

– Si el caso sospechoso se confirma positivo, dichos miembros de la tripulación deben ser puestos en cuarentena por 14 días desde el último contacto con el pasajero positivo confirmado (analizando en la medida de lo posible qué miembros de la tripulación tuvieron contacto estrecho con el pasajero afectado). Si la prueba es negativa, pueden reanudar las tareas de vuelo.

– Después de retirar el caso sospechoso de COVID-19, la limpieza y desinfección de la aeronave debe realizarse de acuerdo con la guía provisional de EASA sobre limpieza y desinfección de aeronaves. El EPI usado, como delantales, mascarillas faciales, protectores faciales y cualquier otro producto desechable como restos de comida y bebida, servilletas, papel, etc. debe desecharse en una bolsa de desechos separada, bien cerrada, que no puede desecharse como desecho normal, de acuerdo con las guías de aplicación internacionales.

Si se identifica a un pasajero sospechoso a bordo antes del despegue, se debe informar al aeropuerto y se deben seguir las instrucciones contempladas por la autoridad. En este punto, si no se ha producido un contacto directo específico entre el pasajero sintomático y los miembros de la tripulación, no es necesario tomar medidas adicionales con respecto a la gestión de los miembros de la tripulación, a menos que se indique lo contrario.

Gestión de pasajeros de llegada y en tránsito

Objetivo: Reducir el riesgo residual de que, si una persona infectada hubiera estado en un vuelo o en el aeropuerto, infectaría a otros pasajeros en el aeropuerto de llegada y/o en la región de destino.

Desembarque

Se debe recordar a los pasajeros, que deben adherirse a las medidas de seguridad indicadas.

Los operadores aéreos garantizarán, contando con la colaboración del gestor aeroportuario, que se practique el distanciamiento físico tanto como sea posible durante el procedimiento de desembarque». Las mascarillas quirúrgicas o de protección superior usadas se depositarán en las papeleras disponibles a lo largo de las instalaciones del aeropuerto. Se recomienda que las mismas sean fácilmente accesibles (por ejemplo, la instalación de «no-touch bins») para depositar las mascarillas y no permitirán recuperar el material desechado.

Dependiendo de las instalaciones de la terminal y la disposición de la plataforma, el desembarque se puede realizar a través de autobuses desde la aeronave estacionada, caminando de manera separada desde la aeronave estacionada en la plataforma hasta la puerta, y finalmente usando las escaleras o pasarelas directamente a la terminal.

Cuando se usen autobuses en el proceso de desembarque, se recomienda el uso de una mayor cantidad de autobuses para acomodar el distanciamiento físico dentro de ellos. El desembarque debe realizarse por filas comenzando por las más cercanas a las salidas en uso, saliendo en primer lugar los pasajeros ubicados en el pasillo, a continuación, los ubicados en asientos centrales y por último en ventanilla; o un procedimiento alternativo que garantice el distanciamiento físico en la mayor medida posible y evite las colas. Se deberán tener en cuenta los requisitos de peso y centrado de la aeronave para evitar problemas de seguridad (tail tipping) a la hora de definir los procesos de embarque y desembarque. Así mismo, los responsables de prevención de los agentes de handling podrán establecer los procedimientos adecuados de acuerdo con la normativa en vigor.

Todas las instalaciones utilizadas en el proceso de desembarque deben estar sujetas a limpieza y ventilación.

Todos los pasajeros con origen en cualquier aeropuerto o puerto situado fuera de España deberán cumplimentar, antes de la salida, un formulario de salud pública denominado «Formulario de Control Sanitario», a través de la web https://www.spth.gob.es/, o de la aplicación Spain Travel Health-SpTH. Su modelo se adjunta como anexo III a la presente resolución.

Se debe informar que todos los pasajeros que lleguen a España por vía aérea serán sometidos a un control sanitario previo. Dichos controles podrán incluir la toma de temperatura, un control documental y un control visual sobre el estado del pasajero se llevará a cabo en el primer puerto o aeropuerto español al que llegue el pasajero.

Lo indicado en el párrafo anterior no se aplicará a aquellos pasajeros internacionales en tránsito en un puerto o aeropuerto español con destino final a otro país.

Los pasajeros que, procediendo de un país o zona de riesgo de los definidos por el Ministerio de Sanidad (serán revisados cada quince días y su actualización será publicada en la página web del Ministerio de Sanidad: https://www.mscbs.gob.es/ y en la web: https://www.spth.gob.es ) no acrediten adecuadamente la realización de una Prueba Diagnóstica de Infección Activa (en adelante PDIA) para SARS-CoV-2 con resultado negativo realizada en las setenta y dos horas previas a la llegada, deberán someterse a la realización de la PDIA que establezcan los servicios de sanidad exterior.

Como parte del control documental que se realiza en los puntos de entrada, se podrá solicitar al pasajero, en cualquier momento, la acreditación del resultado de la PDIA. Se establece que el documento acreditativo de la Prueba Diagnóstica de Infección Activa a que se refiere el apartado cuarto de la Resolución de 11 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Salud Pública, deberá estar redactado en español, inglés, francés o alemán. En el caso de no ser posible obtenerlo en estos idiomas, el documento acreditativo deberá ir acompañado de una traducción al español, realizada por un organismo oficial y podrá ser presentado en formato papel o electrónico. El documento contendrá, al menos, los siguientes datos: nombre del viajero, número de pasaporte o del documento o carta nacional de identidad (que deberá coincidir con el utilizado en el Formulario de Control Sanitario), fecha de realización de la prueba, identificación y datos de contacto del centro que realiza el análisis, técnica empleada y resultado negativo de la prueba.

Las PDIAs para SARS-CoV-2 admitidas son la PCR (RT-PCR de COVID-19), la TMA (Amplificación Mediada por Transcripción, en inglés Transcription Mediated Amplification) y otras pruebas basadas en técnicas moleculares equivalentes, como la RT-LAMP (Reverse Transcriptase Loop-Mediated Isothermal Amplification). Mientras no sea aceptado su uso armonizado en la Unión Europea, no se admitirán otras pruebas diagnósticas tales como test rápidos de anticuerpos, pruebas rápidas de detección de antígeno o serologías de alto rendimiento (ELISA, CLIA, ECLIA).

Alternativamente, se podrá exigir a los pasajeros una prueba RT-PCR, TMA u otra basada en técnicas moleculares equivalentes, como la RT-LAMP de COVID-19 en las cuarenta y ocho horas siguientes a la llegada, cuyo resultado deberán comunicar a los Servicios de Sanidad Exterior por la vía que se le indique a tal efecto.

A las personas menores de seis años no les será exigible la acreditación del resultado negativo obtenido en cualquiera de las modalidades de Pruebas Diagnósticas de Infección Activa para SARS-CoV-2 mencionadas.

Se prestará colaboración a los Servicios de Sanidad Exterior para la realización de la PDIA a aquellos pasajeros respecto de los que, tras la realización de los controles previstos, se determine que existe sospecha de que pueda padecer COVID-19.

Pasajeros en tránsito

Cuando sea necesario un control de seguridad en tránsito, este debe llevarse a cabo de la misma manera que para el proceso de salida.

Datos de contacto de pasajeros

Los operadores de transporte aéreo con número de asiento pre asignado deberán conservar, a disposición de las autoridades de salud pública, la información de contacto de los pasajeros durante un mínimo de cuatro semanas, con la finalidad de realizar la trazabilidad de los contactos.

Control de la temperatura corporal en el aeropuerto de llegada

Los pasajeros que lleguen a España por vía aérea deberán someterse a un control de temperatura, el cual se realizará de modo rutinario con el fin de identificar viajeros con fiebre. Se establece como límite de detección una temperatura igual o superior a 37,5 °C.

La toma de la temperatura debe hacerse mediante termómetros sin contacto o por cámaras termo gráficas. No se almacenarán datos personales ni las imágenes captadas por las cámaras termo gráficas, debiendo garantizarse la privacidad del pasajero en todo momento.

Los pasajeros con una temperatura superior a 37,5 °C y aquellos sobre los que se determine que existen sospechas de que pudieran padecer COVID-19 u otra patología transmisible tras el control visual o tras analizar la información contenida en el Formulario de Control Sanitario, en el caso de que éste indicase la presencia de síntomas o de contactos estrechos con COVID-19, deberán someterse a una evaluación sanitaria, que incluirá la valoración de su estado clínico y epidemiológico.

Si tras la evaluación sanitaria se confirma la sospecha de que el pasajero padece una patología que pudiera suponer un riesgo para la salud pública, si se trata de un contacto estrecho de COVID-19 o si se obtiene un resultado positivo tras la realización de una PDIA para SARS-CoV-2, se activarán los protocolos de alerta sanitaria establecidos en coordinación con las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas. Para ello la autoridad sanitaria podrá solicitar la colaboración de otros órganos administrativos, de personal funcionario público o de otras instituciones.

Reclamación de equipaje y salida del aeropuerto de llegada

Se informará a los pasajeros que tengan debidamente en cuenta las medidas preventivas descritas en esta guía, incluido el uso de las instalaciones del aeropuerto.

Para trámites aduaneros, siempre que sea posible, se recomiendan carriles verdes/rojos para auto-declaraciones. Deben tomarse medidas sanitarias apropiadas en los puntos de control secundarios para proteger a los pasajeros y al personal.

El gestor aeroportuario debe informar que el acceso a la terminal está limitado a pasajeros, miembros de la tripulación y personal.

Se debe fomentar, el empleo de servicios de reparto cuando sea posible entregar directamente el equipaje en el hotel o la residencia del pasajero.

La información de localización del equipaje debe estar a disposición del pasajero para que este pueda presentar reclamaciones en caso de pérdida o daño sin necesidad de esperar para reclamar presencialmente.

2) Gestión de miembros del personal de aviación

Objetivo: Reducir el riesgo residual de infección por parte de los pasajeros al personal y viceversa y evitar procedimientos duplicados.

Los miembros de la tripulación, los miembros del personal del aeropuerto y los miembros del personal del proveedor de servicios estarán exentos de los procedimientos de evaluación COVID-19 del aeropuerto, sujetos a que la aerolínea o el gestor aeroportuario, según corresponda, hayan implementado un procedimiento equivalente para controlar el estado de salud de los miembros de su personal.

Además, el gestor aeroportuario, en la medida de lo posible, debe garantizar flujos separados para las tripulaciones con el fin de garantizar que el distanciamiento físico de los pasajeros esté garantizado en todo momento. Los equipos empleados comúnmente por el personal como ordenadores, tablets, radios, auriculares, etc. se desinfectarán previo a su utilización.

Para empleados que trabajen a turnos, el relevo entre turnos se llevará sin contacto, por ejemplo, por teléfono, videoconferencia, registro electrónico o, como mínimo, manteniendo la distancia física.

Para la formación del personal, se priorizará el uso cursos online y clases virtuales sobre la formación presencial.

Los tripulantes que viajen como pasajeros en el ámbito de su actividad laboral están exentos de los controles sanitarios de llegada y por tanto de la presentación de PDIA y FCS. Para ello, deberán presentar un documento que acredite que se encuentran dentro de su actividad laboral expedido por su compañía y acompañarlo de su licencia de vuelo.

Sin embargo, aquellos tripulantes que se desplacen como pasajeros en otro ámbito distinto del laboral, sí les sería de aplicación las normas del presente documento, incluidos los controles sanitarios de llegada.

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