LexTotal

Legislación › Real Decreto

Real Decreto 1155/2020, de 22 de diciembre, por el que se determina la aplicación de los criterios y normas de garantía y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios a los servicios sanitarios de las Fuerzas Armadas.

En vigor Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática · Publicada el 23 de diciembre de 2020 · Último cambio el 23 de diciembre de 2020 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. Artículo 1. Objeto.
  3. Artículo 2. Definiciones.
  4. Artículo 3. Inscripción en el Registro de medicamentos, productos sanitarios, cosméticos y productos de cuidado personal del Petitorio de Farmacia del Ministerio de Defensa.
  5. Artículo 4. Procesos de fabricación.
  6. Artículo 5. Identificación, garantía de información y precio.
  7. Artículo 6. Servicios y establecimientos farmacéuticos militares.
  8. Artículo 7. Centros de fabricación.
  9. Artículo 8. Instalaciones de almacenamiento y distribución de medicamentos, productos sanitarios, cosméticos y productos de cuidado personal.
  10. Artículo 9. Oficinas y servicios de farmacia.
  11. Artículo 10. Incompatibilidades.
  12. Artículo 11. Sistemas de vigilancia.
  13. Artículo 12. Investigación clínica.
  14. Artículo 13. Inspección.
  15. Artículo 14. Medidas cautelares.
  16. Artículo 15. Coordinación de competencias.
  17. Disposición adicional primera. Fabricación, aprovisionamiento, almacenamiento, custodia, distribución, dispensación y uso de medicamentos y productos sanitarios, cosméticos y productos de cuidado personal por causas extraordinarias o excepcionales relacionadas con la salud pública.
  18. fDisposición adicional segunda. Comisión interministerial.
  19. Disposición adicional tercera. Documentación de estupefacientes.
  20. Disposición adicional cuarta. Determinación de la autoridad competente.
  21. Disposición adicional quinta. Asesoramiento por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios para la evaluación de medicamentos.
  22. Disposición adicional sexta. Autorización y registro de medicamentos y productos de cuidado personal necesarios por causas excepcionales o en conflictos y catástrofes.
  23. Disposición adicional séptima. Aplicación del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio.
  24. Disposición transitoria única. Autorización de los servicios y establecimientos existentes.
  25. Disposición final primera. Título competencial.
  26. Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.
  27. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  28. [firma]