Legislación › Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de diciembre de 2020, por el que se establecen los términos y condiciones del cuarto y quinto tramo de la línea de avales aprobada por el Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, con la finalidad principal de financiar inversiones de pymes y autónomos pertenecientes al sector turístico, hostelería y actividades conexas, y para reforzar los reavales concedidos por la Compañía Española de Reafianzamiento, S.M.E., Sociedad Anónima (CERSA).
ANEXO II
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de diciembre de 2020 y la del 10 de junio de 2023.
Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (4 palabras).
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ANEXO II
Se establecen las siguientes condiciones para el quinto tramo por importe de 500 millones de euros para reforzar el reaval concedido por CERSA:
Definiciones y finalidad
Finalidad: Para fomentar el acceso de las pymes de todas las áreas geográficas a la financiación para cubrir sus necesidades de liquidez y fomentar la realización de inversiones, el tramo de la línea de avales tiene por objetivo apoyar la labor realizada por la Compañía Española de Reafianzamiento, SME Sociedad Anónima (CERSA), consistente en el reafianzamiento o cobertura parcial del riesgo asumido por las Sociedades de Garantía Recíproca para las pequeñas y medianas empresas, favoreciendo así la concesión de crédito que permita a éstas atender las necesidades de financiación derivadas, entre otros, de pagos de salarios, facturas, necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez.
Importe total del quinto tramo de la línea de avales: Hasta 500 millones de euros, aportados por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital en forma de reaval a las operaciones de CERSA.
Porcentajes máximos, remuneración, plazos de formalización y de vencimiento máximo del aval
Porcentajes máximos de aval: El porcentaje de reaval máximo a cargo del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital será de 80 puntos porcentuales. El porcentaje variará en cada operación para complementar el reaval aportado a CERSA por el Fondo Europeo de Inversiones con cargo a distintos programas de la Unión Europea y sin exceder conjuntamente 90 puntos porcentuales. Así, en el caso de reavales concedidos por CERSA que cuenten con un aval del 80% por parte del Fondo Europeo de Inversiones, el porcentaje de aval máximo a cargo del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital se elevará hasta 10 puntos porcentuales. Para aquellos reavales concedidos por CERSA y que no se beneficien de un aval por parte del Fondo Europeo de Inversiones, el porcentaje de aval máximo a cargo del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital será de 80 puntos porcentuales.
Plazo de solicitud de los avales: Los avales podrán solicitarse hasta el 1 de junio de 2021.
Plazo de vencimiento máximo del aval: El plazo del aval emitido coincidirá con el plazo del reaval aprobado por CERSA hasta un máximo de 8 años.
Relaciones financieras entre CERSA y el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Relaciones con CERSA: La gestión administrativa del aval entre el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y CERSA, y las recuperaciones en caso de ejecución de la misma, se llevarán a cabo por parte de CERSA conforme al procedimiento que se establecerá mediante Orden del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Reposición del Fondo de Provisiones Técnicas: El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital repondrá anualmente los importes que hayan sido cargados al Fondo de Provisiones Técnicas de CERSA (regulado en la Ley 1/1994 y el Real Decreto 1644/1997, de 31 de octubre de 1997, relativo a las normas de autorización administrativa a requisitos de solvencia de las sociedades de reafianzamiento) en ejecución de los avales netos de las recuperaciones correspondientes a las operaciones incluidas en la línea de avales por la parte reavalada por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. En el primer trimestre de cada uno de los ejercicios 2021 al 2029, 2036, se revisarán los importes a aportar previa certificación por CERSA del saldo resultante a 31 de diciembre cada ejercicio. del ejercicio anterior.
Otros trámites
Seguimiento de la línea: CERSA informará con carácter mensual al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital de la utilización de la línea de avales en cuanto a nuevas operaciones incluidas en la misma y trimestralmente de la evolución del riesgo y las ejecuciones de avales.
Otros trámites: No son necesarios trámites adicionales a este Acuerdo de Consejo de Ministros.
Ayudas de Estado
Ayudas de Estado: La línea está sujeta a la normativa sobre ayudas de Estado de la Unión Europea.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de junio de 2023 En vigor | BOE-A-2023-13760 | Leer | Qué cambió |
| 24 de diciembre de 2020 | Texto original | Leer |


