Legislación › Decreto-ley 44/2020, de 17 de noviembre, por el que se crea el Censo de espacios de cultura responsables.
Artículo 8. Verificación de cumplimiento de los requisitos.
Artículo 8. Verificación de cumplimiento de los requisitos.
1. La Administración de la Generalidad, a través de los departamentos competentes por razón de la materia, puede realizar las verificaciones oportunas sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2 por parte de los espacios culturales incluidos en el Censo.
2. Las personas o entidades titulares o gestoras de los espacios culturales incluidos en el Censo deben comunicar al departamento competente en materia de cultura cualquier incumplimiento, de forma sobrevenida, de los requisitos del artículo 2.


