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Legislación › Orden APA/1251/2020, de 21 de diciembre, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul.

ANEXO II

Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de agosto de 2024 y la del 19 de octubre de 2024. Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (156 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO II
Zonas de vacunación voluntaria
Parte A: Zona de vacunación voluntaria frente al serotipo 1 del virus de la lengua azul.
Se considerará
zona de vacunación voluntaria frente al serotipo 1 del virus de la lengua azul los siguientes territorios:
1. En la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha:
a) Las provincias de Guadalajara, Albacete y Cuenca.
b) La provincia de Toledo: excepto las comarcas de Oropeza, Belvis de la Jara, Talavera de la Reina, Los Navalmorales, Torrijos y Gálvez.
c) La provincia de Ciudad Real: excepto las comarcas de Piedrabuena y Almadén.
2. La Comunidad de Madrid: excepto las comarcas de San Martín de Valdeiglesias, El Escorial y Navalcarnero.
Parte B: zona de vacunación voluntaria frente al serotipo 4 del virus de la lengua azul azul.
Se considerará zona de vacunación voluntaria frente al serotipo 4 del virus de la lengua azul los siguientes territorios:
1. La Comunidad Autónoma de Aragón.
2. La Comunidad Autónoma de Cataluña.
3. La Comunidad Foral de Navarra.
4. La Comunidad Autónoma del País Vasco.
5. En la Comunidad Autónoma de Castilla y León:
En la La provincia de Zamora: la comarca de Zamora. Zamora, excepto las comarcas de Bermillo de Sayago, Alcañices y Puebla de Sanabria.
6. En la Comunidad Autónoma de Castilla La-Mancha:
La provincia de Guadalajara.
Parte C. C: Zona de vacunación voluntaria frente al serotipo 8 del virus de la lengua azul azul.
Se considerará zona de vacunación voluntaria frente al serotipo 8 del virus de la lengua azul los siguientes territorios:
1. En la Comunidad Autónoma de Aragón: Las las provincias de Zaragoza y Teruel.
2. La Comunidad Foral de Navarra.
3. La Comunidad Autónoma del País Vasco.
4. La Comunidad Autónoma de Cantabria.
5. La Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
6. En la Comunidad de Castilla-La Mancha:
a) La provincia de Guadalajara, excepto las comarcas de Guadalajara y Pastrana.
b) La provincia de Cuenca, excepto las comarcas de Tarancón, Villares del Saz, Belmonte, San Clemente, Cuenca y Motilla del Palancar.
c) La provincia de Albacete, excepto la comarca de Villarrobledo.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de octubre de 2024 En vigor BOE-A-2024-21374 Leer Qué cambió
20 de agosto de 2024 BOE-A-2024-17070 Leer Qué cambió
16 de julio de 2024 BOE-A-2024-14518 Leer Qué cambió
21 de junio de 2024 BOE-A-2024-12539 Leer Qué cambió
30 de abril de 2024 BOE-A-2024-8595 Leer Qué cambió
16 de marzo de 2024 BOE-A-2024-5208 Leer Qué cambió
14 de febrero de 2024 BOE-A-2024-2745 Leer Qué cambió
17 de noviembre de 2023 BOE-A-2023-23273 Leer Qué cambió
17 de octubre de 2023 BOE-A-2023-21397 Leer Qué cambió
15 de agosto de 2023 BOE-A-2023-18399 Leer Qué cambió
11 de julio de 2023 BOE-A-2023-16020 Leer Qué cambió
3 de marzo de 2023 BOE-A-2023-5573 Leer Qué cambió
24 de diciembre de 2022 BOE-A-2022-22096 Leer Qué cambió
10 de noviembre de 2022 BOE-A-2022-18399 Leer Qué cambió
2 de noviembre de 2022 BOE-A-2022-17953 Leer Qué cambió
23 de octubre de 2022 BOE-A-2022-17309 Leer Qué cambió
3 de marzo de 2021 BOE-A-2021-3290 Leer Qué cambió
27 de diciembre de 2020 Texto original Leer

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