Legislación › Orden APA/1251/2020, de 21 de diciembre, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul.
ANEXO I
Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de septiembre de 2024 y la del 19 de octubre de 2024.
Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (237 palabras).
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ANEXO I
Zonas Restringidas
Parte A. A: Zona restringida frente al serotipo 1 del virus de la lengua azul azul.
Se considerará zona restringida frente al serotipo 1 del virus de la lengua azul los siguientes territorios:
1. La Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. La Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. En la Comunidad Autónoma de Castilla y León:
a) En la provincia de Ávila: las comarcas de El Barco de Ávila, Arenas de San Pedro, Candeleda, Piedrahíta, Navarredonda de Gredos, Navaluenga, Sotillo de la Adrada, El Barraco, Cebreros, Las Navas del Marqués y Ávila.
b) En la provincia de Salamanca: las comarcas de Béjar, Ciudad Rodrigo, Guijuelo, Tamames y Sequeros.
4. En la Comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha:
a) En la provincia de Toledo: las comarcas de Oropeza, Belvis de la Jara, Talavera de la Reina, Los Navalmorales, Torrijos y Gálvez.
b) En la provincia de Ciudad Real: las comarcas de Piedrabuena y Almadén.
5. En la Comunidad de Madrid: las comarcas de El Escorial, San Martín de Valdeiglesias y Navalcarnero.
Parte B: zona Zona restringida frente al serotipo 4 del virus de la lengua azul azul.
Se considerará zona restringida frente al serotipo 4 del virus de la lengua azul los siguientes territorios:
1. La Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. La Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. En la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: Las provincias de Toledo, Ciudad Real, Albacete y Cuenca.
4. En la Comunidad de Castilla y León:
a) Las provincias de Salamanca y Ávila.
b) En la provincia de Zamora, las comarcas de Bermillo de Sayago, Alcañices y Puebla de Sanabria.
c) En la provincia de Segovia, las comarcas de Santa María Real de Nieva, Segovia, Carbonero El Mayor, Cantalejo y Villacastín.
5. La Comunidad de Madrid.
6. La Comunidad Autónoma de Galicia.
7. La Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
8. La Comunidad Autónoma de Cantabria.
9. La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
10. En la Comunidat Comunidad Valenciana: la provincia de Alicante/Alacant.
Parte C. Zona restringida frente al serotipo 8 del virus de la lengua azul azul.
Se considerará zona restringida frente al serotipo 8 del virus de la lengua azul los siguientes territorios:
1. La Comunidad Autónoma de Cataluña.
2. En la Comunidad Autónoma de Aragón: La la provincia de Huesca.
3. La Comunidad Autónoma de Islas Baleares.
4. En la Comunidad de Castilla-La Mancha:
a) Las provincias de Toledo y Ciudad Real.
b) En la provincia de Guadalajara: las comarcas de Guadalajara y Pastrana.
c) En la provincia de Cuenca: las comarcas de Tarancón, Villares del Saz, Belmonte, San Clemente, Cuenca y Motilla del Palancar.
d) En la provincia de Albacete: la comarca de Villarrobledo.
5. En la Comunidad Autónoma de Castilla y León:
En la provincia de Ávila: las comarcas de El Barco de Ávila, Arenas de San Pedro, Candeleda, Piedrahíta, Navarredonda de Gredos, Navaluenga, Sotillo de la Adrada, El Barraco, Cebreros, Las Navas del Marqués y Ávila.
6. La Comunidad de Madrid.


