Legislación › Orden APA/1251/2020, de 21 de diciembre, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul.
ANEXO I
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de diciembre de 2024 y la del 14 de diciembre de 2024.
Tachado: lo que se quitó (63 palabras). Subrayado: lo que se añadió (56 palabras).
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ANEXO I
Zonas Restringidas
Parte A: Zona restringida frente al serotipo 1 del virus de la lengua azul.
Se considerará zona restringida frente al serotipo 1 del virus de la lengua azul los siguientes territorios:
1. La Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. La Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. En la Comunidad Autónoma de Castilla y León:
a) En la provincia de Ávila: las comarcas de El Barco de Ávila, Arenas de San Pedro, Candeleda, Piedrahíta, Navarredonda de Gredos, Navaluenga, Sotillo de la Adrada, El Barraco, Cebreros, Las Navas del Marqués y Ávila.
b) En la provincia de Salamanca: las comarcas de Béjar, Ciudad Rodrigo, Guijuelo, Tamames y Sequeros.
4. En la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha:
a) Las provincias de Toledo y Ciudad Real.
b) En la provincia de Guadalajara: las comarcas de Pastrana y Guadalajara.
c) En la provincia de Cuenca: las comarcas de Tarancón, Cuenca, Villares del Saz, Belmonte, San Clemente y Motilla del Palancar.
d) En la provincia de Albacete: las comarcas de Villarobledo, Balazote y Alcaraz.
5. La Comunidad de Madrid.
6. La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Parte B: zona restringida frente al serotipo 4 del virus de la lengua azul: azul.
Se considerará zona restringida frente al serotipo 4 del virus de la lengua azul los siguientes territorios:
1. La Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. La Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. En la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: Las provincias de Toledo, Ciudad Real, Albacete y Cuenca.
4. En la Comunidad de Castilla y León:
a) Las provincias de Salamanca y Ávila.
b) En la provincia de Zamora, las comarcas de Bermillo de Sayago, Alcañices y Puebla de Sanabria.
c) En la provincia de Segovia, las comarcas de Santa María Real de Nieva, Segovia, Carbonero El Mayor, Cantalejo y Villacastín.
5. La Comunidad de Madrid.
6. La Comunidad Autónoma de Galicia.
7. La Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
8. La Comunidad Autónoma de Cantabria.
9. La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
10. En la Comunidad Valenciana: la provincia de Alicante/Alacant.
Parte C. Zona restringida frente al serotipo 8 del virus de la lengua azul.
Se considerará zona restringida frente al serotipo 8 del virus de la lengua azul los siguientes territorios:
1. La Comunidad Autónoma de Cataluña.
2. En la Comunidad Autónoma de Aragón:
a) La provincia de Huesca.
b) En la provincia de Zaragoza, las comarcas de Ejea de los Caballeros y Sos del Rey Católico.
3. La Comunidad Autónoma de Islas Baleares.
4. En la Comunidad de Castilla-La Mancha:
a) Las provincias de Toledo y Ciudad Real.
b) En la provincia de Guadalajara: las comarcas de Guadalajara y Pastrana.
c) En la provincia de Cuenca: las comarcas de Tarancón, Villares del Saz, Belmonte, San Clemente, Cuenca y Motilla del Palancar.
d) En la provincia de Albacete: las comarcas de Villarrobledo, Balazote y Alcaraz.
5. En la Comunidad Autónoma de Castilla y León:
a) En la provincia de Ávila: las comarcas de El Barco de Ávila, Arenas de San Pedro, Candeleda, Piedrahíta, Navarredonda de Gredos, Navaluenga, Sotillo de la Adrada, El Barraco, Cebreros, Las Navas del Marqués y Ávila.
b) En la provincia de Burgos, en la comarca de Miranda de Ebro, los municipios de Condado de Treviño y La Puebla de Arganzón.
c) En la provincia de Salamanca: las comarcas de Béjar, Ciudad Rodrigo, Guijuelo, Tamames y Sequeros.
6. La Comunidad de Madrid.
7. La Comunidad Autónoma de Extremadura.
8. En la Comunidad Autónoma de Andalucía:
a) La provincia Las provincias de Huelva. Huelva, Sevilla y Córdoba.
b) En la provincia de Sevilla: Jaén: las comarcas de Cantillana (Vega de Sevilla), Cazalla de la Sierra Andújar (Sierra Norte), Sanlúcar La Mayor (Poniente Morena/Campiña Jaén), Jaén (Campiña de Sevilla) Jaén), Linares (Sierra Morena/Campiña Jaén) y Sevilla (Delegación Provincial). Úbeda (La Loma).
c) En la provincia de Córdoba: Almería: las comarcas de Hinojosa del Duque (Pedroches II), Montoro (Alto del Guadalquivir), Peñarroya-Pueblonuevo (Valle del Guadiato), Posadas (Vega del Guadalquivir), Pozoblanco (Pedroches I) Hoyas-Altiplanicie, Alto Almanzora, Costa Levante/Bajo Almanzora y Villanueva Bajo Andarax/Campo de Córdoba (Pedroches III). Taberna.
d) En la provincia de Jaén: Granada: las comarcas de Andújar (Sierra Morena/Campiña Jaén), Jaén (Campiña de Jaén), Linares (Sierra Morena/Campiña Jaén) Huéscar (Altiplanicie Norte) y Úbeda (La Loma). Baza (Altiplanicie Sur).
9. La Comunidad Autónoma de País Vasco.
10. La Comunidad Foral de Navarra.
11. La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.


