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Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre, por el que se establecen convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de Formación Profesional del sistema educativo español y las medidas para su aplicación, y se modifica el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
En vigor Ministerio de Educación y Formación Profesional · Publicada el 30 de diciembre de 2020 · Último cambio el 7 de abril de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Principios generales. 3 redacciones · cambió el 07/04/2026
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 4. Condiciones aplicables a la iniciación del procedimiento. Presentación de solicitudes.
- Artículo 5. Plazos para solicitar las convalidaciones que resuelve el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
- Artículo 6. Documentación para solicitar la convalidación de módulos profesionales.
- Artículo 7. Registro de solicitudes de convalidación.
- Sección 2
- Artículo 8. Convalidaciones cuya resolución le corresponde a los centros educativos.
- Artículo 9. Convalidaciones cuya resolución le corresponde al Ministerio de Educación y Formación Profesional.
- Artículo 10. Resolución y registro de las solicitudes de convalidación.
- Artículo 11. Recursos.
- Disposición adicional primera. Titulaciones equivalentes. 2 redacciones · cambió el 28/05/2024
- Disposición adicional segunda. Convalidación del módulo profesional de Formación y orientación laboral aportando el título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales, derivado de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
- Disposición adicional tercera. Convalidación del módulo profesional de Formación y Orientación Laboral.
- Disposición adicional cuarta. No incremento del gasto público.
- Disposición adicional quinta. Convalidaciones entre módulos profesionales incluidos en otros títulos de Formación Profesional.
- Disposición adicional sexta.
- Disposición transitoria primera. Resolución de convalidaciones ya iniciadas.
- Disposición transitoria segunda. Convalidación de módulos de Formación y orientación laboral de títulos amparados en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
- Disposición derogatoria única. Derogación de normas.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Desarrollo y ejecución.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V
- [Información relacionada]


