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Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre, por el que se establecen convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de Formación Profesional del sistema educativo español y las medidas para su aplicación, y se modifica el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

En vigor Ministerio de Educación y Formación Profesional · Publicada el 30 de diciembre de 2020 · Último cambio el 7 de abril de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. [preambulo]
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  6. Artículo 3. Principios generales. 3 redacciones · cambió el 07/04/2026
  7. CAPÍTULO II
  8. Sección 1
  9. Artículo 4. Condiciones aplicables a la iniciación del procedimiento. Presentación de solicitudes.
  10. Artículo 5. Plazos para solicitar las convalidaciones que resuelve el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
  11. Artículo 6. Documentación para solicitar la convalidación de módulos profesionales.
  12. Artículo 7. Registro de solicitudes de convalidación.
  13. Sección 2
  14. Artículo 8. Convalidaciones cuya resolución le corresponde a los centros educativos.
  15. Artículo 9. Convalidaciones cuya resolución le corresponde al Ministerio de Educación y Formación Profesional.
  16. Artículo 10. Resolución y registro de las solicitudes de convalidación.
  17. Artículo 11. Recursos.
  18. Disposición adicional primera. Titulaciones equivalentes. 2 redacciones · cambió el 28/05/2024
  19. Disposición adicional segunda. Convalidación del módulo profesional de Formación y orientación laboral aportando el título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales, derivado de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
  20. Disposición adicional tercera. Convalidación del módulo profesional de Formación y Orientación Laboral.
  21. Disposición adicional cuarta. No incremento del gasto público.
  22. Disposición adicional quinta. Convalidaciones entre módulos profesionales incluidos en otros títulos de Formación Profesional.
  23. Disposición adicional sexta.
  24. Disposición transitoria primera. Resolución de convalidaciones ya iniciadas.
  25. Disposición transitoria segunda. Convalidación de módulos de Formación y orientación laboral de títulos amparados en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
  26. Disposición derogatoria única. Derogación de normas.
  27. Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
  28. Disposición final segunda. Título competencial.
  29. Disposición final tercera. Desarrollo y ejecución.
  30. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  31. [firma]
  32. ANEXO I
  33. ANEXO II
  34. ANEXO III
  35. ANEXO IV
  36. ANEXO V
  37. [Información relacionada]