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Orden TED/1286/2020, de 29 de diciembre, por la que se establecen la retribución y cánones de acceso de los almacenamientos subterráneos básicos para el año 2021.
En vigor Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico · Publicada el 31 de diciembre de 2020 · Último cambio el 19 de enero de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Retribución a la actividad de almacenamiento subterráneo básico.
- Artículo 3. Cánones aplicables al acceso de terceros a los almacenamientos subterráneos básicos.
- Disposición adicional primera. Régimen aplicable a los gases manufacturados en los territorios insulares.
- Disposición adicional segunda. Déficit acumulado a 31 de diciembre de 2014.
- Disposición adicional tercera. Revisión de las retribuciones anteriores al año 2020 de las actividades de transporte, distribución y plantas de GNL.
- Disposición adicional cuarta. Precio temporal aplicable a los consumidores sin contrato de suministro.
- Disposición adicional quinta. Valores unitarios de inversión y de costes de operación y mantenimiento.
- Disposición adicional sexta. Retribución definitiva por extensión de vida útil del almacenamiento subterráneo «Serrablo» del año 2018.
- Disposición adicional séptima. Corrección retribución por costes de operación y mantenimiento de gasoductos de transporte.
- Disposición adicional octava. Información comparativa de precios en instalaciones de suministro de carburantes.
- Disposición adicional novena. Porcentajes de los ingresos liquidables procedentes de los productos y servicios conexos a la actividad de almacenamiento subterráneo básico.
- Disposición adicional décima. Aplicación de la orden.
- Disposición transitoria primera. Retribución del operador del mercado organizado de gas.
- Disposición transitoria segunda. Reubicación de los consumidores acogidos a la tarifa de último recurso.
- Disposición transitoria tercera. Reubicaciones de peajes.
- Disposición transitoria cuarta. Procedimiento de liquidación para el período comprendido entre el 1 de enero al 30 de septiembre de 2021. 2 redacciones · cambió el 29/09/2021
- Disposición transitoria quinta. Incentivo a la calidad de los repartos.
- Disposición transitoria sexta. Actuaciones a acometer entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2021.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Orden ITC/2857/2008, de 10 de octubre.
- Disposición final segunda. Modificación de la Orden IET/2446/2013, de 27 de diciembre.
- Disposición final tercera. Título competencial.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II


