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Decreto-ley 17/2019, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda.

En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 21 de febrero de 2020 · Último cambio el 25 de marzo de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. [preambulo]
  3. CAPÍTULO 1
  4. Artículo 1. Directriz para el planeamiento urbanístico en materia de vivienda.
  5. Sección 1
  6. Artículo 2. Modificaciones de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda. 3 redacciones · cambió el 23/02/2021
  7. Artículo 3. Modificaciones del Decreto-ley 1/2015, de 24 de marzo, de medidas extraordinarias y urgentes para la movilización de las viviendas provenientes de procesos de ejecución hipotecaria.
  8. Sección 2
  9. Artículo 4. Modificaciones de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda. 2 redacciones · cambió el 23/02/2021
  10. Artículo 5. Modificación de la Ley 24/2015, del 29 de julio, de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética. 2 redacciones · cambió el 23/02/2021
  11. Artículo 6. Modificación de la Ley 4/2016, de 23 de diciembre, de medidas de protección del derecho a la vivienda de las personas en riesgo de exclusión residencial. 2 redacciones · cambió el 23/02/2021
  12. Sección 3
  13. Artículo 7. Modificaciones de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda.
  14. Sección 4
  15. Artículo 8. Modificaciones de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda.
  16. Artículo 9. Modificación de la Ley 13/1996, de 29 de julio, del Registro y el depósito de fianzas de los contratos de alquiler de fincas urbanas y de modificación de la Ley 24/1991, de la vivienda.
  17. CAPÍTULO 2
  18. Artículo 10. Medidas para incrementar el patrimonio público de suelo y de vivienda con destino a viviendas de protección pública y hacer más transparente su gestión.
  19. Artículo 11. Medidas para incrementar el parque de alojamientos dotacionales.
  20. Artículo 12. Medidas para incrementar el parque público de viviendas de protección pública de alquiler.
  21. Artículo 13. Medidas en materia de reservas para vivienda de protección pública.
  22. Artículo 14. Medida para incrementar el parque privado de viviendas de alquiler.
  23. Artículo 15. Medida para facilitar la ejecución de actuaciones de rehabilitación edificatoria en el medio urbano.
  24. Disposición adicional primera. Viviendas con protección oficial de alquiler.
  25. Disposición adicional segunda. Referencias al sistema urbanístico de viviendas dotacionales públicas.
  26. Disposición adicional tercera. Factor de localización en el Área Metropolitana de Barcelona.
  27. Disposición adicional cuarta. Inscripción del Inventario de los bienes y los derechos que integran el patrimonio municipal de suelo y de vivienda.
  28. Disposición adicional quinta. Programas de actuación concertada.
  29. Disposición adicional sexta. Régimen especial aplicable a los municipios integrados en el área metropolitana de Barcelona en materia de reservas de vivienda de protección pública. 2 redacciones · cambió el 30/04/2020
  30. Disposición transitoria primera. Obligación de ofrecer un alquiler social. 2 redacciones · cambió el 23/02/2021
  31. Disposición transitoria segunda. Viviendas con protección oficial calificadas definitivamente antes de la entrada en vigor de este Decreto–ley. 2 redacciones · cambió el 31/12/2025
  32. Disposición transitoria tercera. Instrumentos urbanísticos en tramitación.
  33. Disposición transitoria cuarta. Vigencia de la calificación de las viviendas con protección oficial en los expedientes en tramitación.
  34. Disposición transitoria quinta. Régimen de precios de venta y rentas máximos.
  35. Disposición transitoria quinta bis. Precios máximos de venta y de rentas de acuerdo con el régimen anterior. 4 redacciones · cambió el 31/12/2025
  36. Disposición transitoria sexta. Renovación de las inscripciones al Registro de Solicitantes de Viviendas con Protección Oficial.
  37. Disposición transitoria séptima. Planes directores urbanísticos de delimitación y ordenación de las áreas residenciales estratégicas.
  38. Disposición transitoria octava. Terrenos del patrimonio público de suelo y de vivienda que forman parte de una reserva de viviendas de protección pública.
  39. Disposición transitoria novena. Planeamiento urbanístico no adaptado. 2 redacciones · cambió el 25/03/2026
  40. Disposición derogatoria.
  41. Disposición final primera. Modificación de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda.
  42. Disposición final segunda. Modificación de la Ley 3/2012, del 22 de febrero, de modificación del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, del 3 de agosto.
  43. Disposición final tercera. Modificación de la Ley 12/2017, del 6 de julio, de la arquitectura.
  44. Disposición final cuarta. Aprobación del plan territorial sectorial de vivienda e incremento de los estándares de reserva de suelo destinado a viviendas de protección pública.
  45. Disposición final quinta. Condiciones mínimas de habitabilidad de los alojamientos dotacionales y otras formas de vivienda compartida.
  46. Disposición final sexta. Plazo para establecer el precio de venta básico de las viviendas con protección oficial y el factor de localización asignado a cada municipio.
  47. Disposición final séptima. Entrada en vigor.
  48. Firma