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Legislación › Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida.

Apartado 1. Objeto.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de octubre de 2020 y la del 16 de enero de 2025. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor

Apartado 1. Objeto.
Constituye el objeto de este anexo la regulación del control metrológico del Estado de los sistemas para el conteo y control de afluencia de personas en los locales de pública concurrencia que determine la administración pública competente, en adelante denominados sistemas contadores de personas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de enero de 2025 En vigor BOE-A-2024-27147 Leer Qué cambió
24 de octubre de 2020 Texto original Leer

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