Legislación › Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida.
Apartado 4. Verificación después de reparación o modificación.
Apartado 4. Verificación después de reparación o modificación.
La verificación después de reparación o modificación de los medidores del NP se realizará conforme al capítulo III de esta orden y a lo indicado en el apéndice III de este anexo.
Estos instrumentos pueden acogerse a lo establecido en el artículo 8 de la presente orden.
Se añade por el art. único.20 de la Orden ITU/1475/2024, de 17 de diciembre. BOE-A-2024-27147


