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Legislación › Real Decreto-ley 5/2020, de 25 de febrero, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación.

Disposición final segunda. Entrada en vigor y efectos.

Disposición final segunda. Entrada en vigor y efectos.

El presente real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

El artículo segundo surtirá efectos desde el 1 de enero de 2020.

Lo dispuesto en el artículo tercero será de aplicación a las solicitudes presentadas a partir de la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley y hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive.

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